Se ha formulado Resolución en el siguiente
expediente sancionador:
Fecha de
resoluciónInteresado/aExpediente
883/1998 D . F e r g a l
Joseph
Flaherty . . . . . . . 4 mayo 1999.
Desconociéndose el último domicilio del/la
interesado/a, por la presente se le notifica que puede
retirar la citada Resolución en el despacho oficial
de la Instructora (ubicado en la Dirección General
del Tesoro y Política Financiera, paseo del Prado,
6, planta segunda, despacho 1, 28014 Madrid),
dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación
de este edicto.
Transcurrido dicho plazo, esta Resolución, que
pone fin a la vía administrativa, será inmediatamente
ejecutiva, de conformidad con el artículo 10 del
Real Decreto 1392/1993, de 4 de agosto, por el
que se regula el procedimiento sancionador de las
infracciones administrativas en materia de control
de cambios. Pudiéndose, a partir de ese momento,
interponer contra ella recurso
contencioso-administrativo, ante el Tribunal Superior de Justicia de
Madrid (Sala de lo Contencioso-Administrativo) en
el plazo de dos meses, sin perjuicio de la posibilidad
de interponer recurso extraordinario de revisión, si
concurriera alguna de las circunstancias previstas
en el artículo 118 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre.
Madrid, 14 de febrero de 2000.-La Instructora,
Pilar Rodríguez.-67.155.
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