Edicto
Yo, Antonio Huerta Trolez, Notario del ilustre
Colegio de Madrid, con residencia en la misma capital,
Hago saber: Que en mi Notaría se sigue
procedimiento extrajudicial, al amparo de lo dispuesto
en el artículo 16.2 de la Ley 28/1998, de 13 de
julio, de Venta a Plazos de Bienes Muebles, a
instancia de FCE Bank PLC Sucursal en España y,
en virtud de acta de requerimiento autorizada ante
mí, el día 30 de mayo de 2000, bajo el número
100 2572 de protocolo, se requiere de pago a los
desconocidos herederos de don Miguel Padilla
Romero, en su calidad de Comprador del Contrato
de Financiación a Comprador de Automóviles
número A-235668, de fecha 28 de mayo de 1.997,
suscrito con FCE Bank PLC Sucursal en España
(cuando todavía se denominaba Ford Credit Europe
PLC Sucursal en España), como Financiador, don
Miguel Padilla Romero, como Comprador, para la
financiación de la adquisición del vehículo vehículo
" F o r d " K a , n ú m e r o d e b a s t i d o r
WFOBXXWPRBVB96099, matrícula V-7612-FS .
El requerimiento de pago se efectúa sobre la suma
total de novecientas doce mil quinientas veinticuatro
(912.524) pesetas (cinco mil cuatrocientas ochenta
y cuatro, con treinta y siete céntimos de euros),
siendo la causa del vencimiento de las obligación
el impago de más de dos plazos de los pactados
en el contrato de financiación suscrito, conforme
a lo dispuesto en el artículo 10.2, último párrafo,
de la Ley 28/1.998, de 13 de julio, de Venta a
Plazos de Bienes Muebles.
Todo ello haciendo constar que, si el deudor no
pagara los citados importes en el plazo de tres días,
se procederá a la subasta de los bienes sin necesidad
de nuevas notificaciones ni requerimientos,
reservándose FCE Bank PLC Sucursal en España el
derecho a adjudicarse vehículo en la forma prevista
en el segundo párrafo del apartado c), en relación
al apartado e), del artículo 16.2 de la Ley 28/1998,
para el caso de que no hubiera postores en las
subastas, dejando, en este último caso, a disposición del
requerido, el excedente que pudiera resultar de dicha
subasta.
Madrid, 1 de diciembre de 2000.-El
Notario.-70.934.
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