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Documento BOE-B-2000-311077

Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se autoriza a "Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima", la instalación de la subestación a 400 kV de "Pinilla", en el término municipal de Chinchilla de Monte Aragón, en la provincia de Albacete, y se declara en concreto la utilidad pública de la misma.

Publicado en:
«BOE» núm. 311, de 28 de diciembre de 2000, páginas 17132 a 17132 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-B-2000-311077

TEXTO

Visto el expediente incoado en la Delegación

Provincial de Albacete de la Consejería de Industria

y Trabajo de la Junta de Comunidades de Castilla-La

Mancha, a instancia de "Red Eléctrica Española,

Sociedad Anónima", con domicilio en La

Moraleja-Alcobendas (Madrid), paseo del Conde de los

Gaitanes, número 177, solicitando la autorización

administrativa y declaración, en concreto, de la

instalación anteriormente citada;

Resultando que sometida la petición de "Red

Eléctrica de España, Sociedad Anónima", a información

pública a los efectos previstos en el artículo 9.o del

Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sobre

autorización de instalaciones eléctricas, normativa de

aplicación en virtud de lo establecido en la

disposición transitoria primera de la Ley 54/1997,

de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, durante

el plazo reglamentario no se han presentado;

Resultando que enviada separata del proyecto al

Ayuntamiento de Chinchilla de Monte Aragón, en

cuyo término municipal se pretende construir la

subestación, a fin de que establecida los

condicionados procedentes, y reiterada la petición, por dicho

Ayuntamiento no ha habido pronunciamiento

alguno, por lo que de conformidad con el artículo 13

del referido Decreto 2617/1966, se entiende que

no existe objeción alguna al proyecto;

Resultando que existe un acuerdo entre "Red

Eléctrica de España, Sociedad Anónima", y los

propietarios de los terrenos donde se encuentra

proyectada la subestación a 400 kV de "Pinilla";

Visto el informe emitido por la Comisión

Nacional de Energía, aprobado en Consejo de

Administración en su sesión de fecha 10 de octubre de 2000;

Considerando que se han cumplido los trámites

reglamentarios ordenados en el Decreto 2617/1966,

de 20 de octubre, sobre autorización de instalaciones

eléctricas y en el título IX de la Ley 54/1997, de 27

de noviembre, del Sector Eléctrico;

Esta Dirección General de Política Energética y

Minas ha resuelto:

Primero.-Autorizar a "Red Eléctrica de España,

Sociedad Anónima", la instalación de la subestación

a 400 kV de "Pinilla", en el término municipal de

Chinchilla de Monte Aragón (Albacete), cuyas

características principales son:

Parque de 400 kV tipo intemperie, con

configuración de interruptor y medio y capacidad para

cinco calles y diez disposiciones de línea.

Calle 1: Línea Romica 1. Línea Rocamora 1.

Calle 2: Línea Romica 2. Línea Rocamora 2.

Calle 3: Reserva. Futura Benejama 1.

Calle 4: Reserva. Futura Benejama 2.

Calle 5: Autotransformador AT1.

Autotransformador AT2.

Aparamenta:

Calle 1: 2 seccionadores pantógrafos, 3

interruptores, 3 transformadores de intensidad, 4

seccionadores rotativos de tres columnas, 4 seccionadores

rotativos con puesta a tierra, 2 bobinas de bloqueo

y 2 transformadores de tensión capacitivos.

Calle 2: 2 seccionadores pantógrafos, 3

interruptores, 3 transformadores de intensidad, 4

seccionadores rotativos de tres columnas, 4 seccionadores

rotativos con puesta a tierra, 2 bobinas de bloqueo, 2

transformadores de tensión capacitivos.

Calle 5: 2 seccionadores pantógrafos, 3

interruptores, 3 transformadores de intensidad, 4

seccionadores rotativos de tres columnas.

Barras:

Barra 1: 1 transformador de tensión capacitivo.

Barra 2: 1 transformador de tensión capacitivo.

Instalación de equipos de comunicaciones,

sistemas de protección, control y medida, servicios

auxiliares de corriente alterna y corriente continua

y redes de tierra.

La finalidad de la subestación es posibilitar, por

una parte la evacuación de la generación de los

parques eólicos aprobados y en proyecto del sudeste

de Castilla-La Mancha, mediante la conexión a la

red de transporte, y por otra, reforzar el mallado

de la propia red de transporte a fin de facilitar

la evacuación de la nueva generación de ciclo

combinado en la provincia de Murcia.

Segundo.-Declarar, en concreto, la utilidad

pública de la instalación que se autoriza a los efectos

previstos en el título IX de la Ley 54/1997, de 27

de noviembre, del Sector Eléctrico.

Contra la presente resolución cabe interponer

recurso de alzada ante el excelentísimo señor

Secretario de Estado de Economía, de Energía y de la

Pequeña y Mediana Empresa en el plazo de un

mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 4/1999,

de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común y en la Ley 6/1997, de 14 de abril,

de Organización y Funcionamiento de la

Administración General del Estado.

Madrid, 6 de noviembre de 2000.-La Directora

general, Carmen Becerril Martínez. Delegación

Provincial de la Consejería de Industria y Trabajo de

la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Albacete.-&70.006.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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