Content not available in English
A los efectoss previstos en el artículo 9 del Decreto
2617/1966, de 20 de octubre, sobre autorización
de instalaciones eléctricas, y en el artículo 10 del
Reglamento sobre Expropiación Forzosa y
Sanciones en Materia de Instalaciones Eléctricas, aprobado
por Decreto 2619/1996, de 20 de octubre ("Boletín
Oficial del Estado" del 24), normativa que resulta
de aplicación en virtud de lo establecido en la
disposición transitoria primera de la Ley 54/1997, de
27 de noviembre, del Sector Eléctrico, así como
en lo previsto en los artículos 52, 53 y 54 de la
citada Ley 54/1997, además de la vigente Ley de
Expropiación Forzosa y su Reglamento, que resultan
de aplicación supletoria conforme a lo dispuesto
en el artículo 55 de la Ley 54/1997, se somete
al trámite de información pública la petición de
autorización administrativa y declaración, en
concreto, de utilidad pública, para el establecimiento
de la instalación eléctrica:
Línea de media tensión derivación a CTI La
Calderona, comprendida en la electrificación rural de
Alfoz de Lloredo.
Peticionario: "Electra de Viesgo I, Sociedad
Anónima". Domicilio: Calle Medio, 12, Santander.
Lugar donde se va a establecer la instalación:
Término municipal de Alfoz de Lloredo.
Finalidad de la instalación: Suministro eléctrico
en baja tensión.
Características principales:
Línea de media tensión número 1, derivación a
CTI La Calderona.
Tensión: 20 kV, aunque inicialmente funcionará
a 12 kV.
Longitud: 572 metros.
Tipo: LA-56.
Sección: 54,6 milímetros cuadrados.
Apoyos metálicos: Cuatro.
Origen: Apoyo número 32 de la línea
"Villapresente-Cóbreces" de "Electra de Viesgo I, Sociedad
Anónima".
Final: CTI La Calderona.
Presupuesto: 1.806.353 pesetas.
La declaración, en concreto, de utilidad pública
en virtud de lo establecido en el artículo 54 de
la Ley 54/1997, llevará implícita en todo caso la
necesidad de ocupación de los bienes o de
adquisición de los derechos afectados e implicará la
urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la
Ley de Expropiación Forzosa. En el correspondiente
expediente expropiatorio la peticionaria de la
instalación asumirá, en su caso, la condición de entidad
beneficiaria.
Lo que se hace público para conocimiento general
y especialmente para los propietarios de los terrenos
y demás titulares afectados por la ejecución de las
obras, cuya relación se inserta al final de este
anuncio, todo ello en orden a que por cualquier interesado
pueda ser examinado el proyecto de la instalación
en la Dirección General de Industria, sita en la
calle Castelar, número 13, principal, derecha, 39004
Santander, y formularse al mismo tiempo, por
duplicado, en el plazo de un mes, contado a partir de
la publicación de este anuncio, cualesquiera
alegaciones que se consideren oportunas, incluyendo las
procedentes, en su caso, por razón de lo dispuesto
en los artículos 25 y 26 del Reglamento aprobado
por Decreto 2619/1966, así como aportar por
escrito los datos oportunos para subsanar posibles errores
en la relación indicada.
Asimismo, la presente publicación se realiza a
los efectos de notificación previstos en el apartado
4 del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
Santander, 21 de enero de 2000.-El Director
general de Industria, Pedro Obregón
Cagigas.-4.337.
Relación de afectados
Línea de media tensión a derivación del CTI La
Calderona.
Finca número: 9. Polígono: 26. Parcela: 19.
Término municipal: Alfoz de Lloredo. Propietario: Don
José Luis Calderón Palencia.
Domicilio: Barrio Castañón, 67, 39526 Novales
(Cantabria).
Afección: Separación conductores, 4 metros.
Altura mínima: 11,5 metros. Anchura de faja de
seguridad: 10 metros. Vuelo: 35 metros.
State Agency Official State Gazette
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid