Una vez efectuado el trámite de información
pública previsto en el artículo 56.1 del Reglamento de
Expropiación Forzosa, de 26 de abril de 1957, por
acuerdo de fecha 19 de octubre de 1999 ("Diario
Oficial de la Generalidad Valenciana" número 3.593
de 3.618, de 4 de noviembre), el Gobierno
Valenciano declara urgente la ocupación de los bienes
y derechos afectados por las obras de referencia.
En consecuencia, la tramitación del correspondiente
expediente expropiatorio se ha de ajustar a lo
previsto en el artículo 52 de la vigente Ley de
Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y
en los concordantes de su Reglamento.
A tenor de ello, esta Diputación Provincial,
ateniendo a lo establecido en la regla segunda del citado
artículo 52, ha resuelto convocar a los propietarios
y titulares que constan en la relación de interesados,
bienes y derechos afectados, que se hará pública
en el "Boletín Oficial" de la provincia, diarios "La
Verdad", "La Prensa", "El Mundo" y "ABC" y tablón
de edictos del Ayuntamiento en cuyo término
radican los bienes objeto de expropiación para que
comparezcan el día 24 de febrero de 2000, entre las
nueve treinta y las catorce horas en dicho
Ayuntamiento, a fin de proceder al levantamiento de las
correspondientes actas previas a la ocupación.
Al acto convocado deberán comparecer los
titulares de los bienes y derechos que se expropian
por sí o a través de persona que pueda ostentar
su representación legal, aportando el documento
nacional de identidad/número de identificación
fiscal, la documentación acreditativa de su titularidad
y el último recibo del Impuesto sobre Bienes
Inmuebles, pudiendo hacerse acompañar -a su
costade Peritos y Notario si así lo estiman oportuno.
Del señalamiento se dará cuenta a los interesados
mediante citación individual, y a tenor de lo previsto
en el artículo 59.4 de la vigente Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, de 26 de
noviembre de 1992, la publicación de la relación
de interesados en el "Boletín Oficial" de la provincia
y su exposición en los tablones oficiales de edictos
servirá como notificación a los posibles interesados
no identificados, a los titulares de bienes y derechos
afectados que sean desconocidos y a aquellos de
los que se ignore el domicilio.
Conforme establece el artículo 56.2 del REF,
hasta el momento en que se proceda al levantamiento
de las actas previas a la ocupación, los propietarios,
así como todas aquellas personas cuyos derechos
e intereses legítimos hayan podido omitirse al
elaborar la relación de bienes y propietarios afectados
podrán formular por escrito, ante esta Diputación
Provincial, calle Tucumán, 8, 03005 Alicante,
alegaciones, a los solos efectos de subsanar los posibles
errores materiales padecidos al confeccionar la
relación de interesados, bienes y derechos afectados.
Para su mejor información, y durante el período
señalado en el párrafo precedente, los interesados
tendrán a su disposición los correspondientes planos
parcelarios de expropiaciones tanto en el
Ayuntamiento donde radican los bienes afectados como
en las dependencias de esta Diputación Provincial.
Alicante, 25 de enero de 2000.-El Presidente,
Julio de España Moya.-El Secretario general,
Patricio Vallés Muñiz.-4.813.
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