Notificación a don Ariel Duo de la Llosa y doña
Leyre Duo Navarro de fallo dictado por el Tribunal
Económico-Administrativo Central, en el
expediente R.G. 1.928/96, por aplicación de lo dispuesto
en el artículo 86 del Reglamento de Procedimiento
en las Reclamaciones Económico-Administrativas.
Al no haberse podido practicar en el domicilio
que consta en las actuaciones, por el presente se
notifica a don Ariel Duo de la Llosa y doña Leyre
Duo Navarro, que por el Tribunal
Económico-Administrativo Central, y en el expediente R.G.
1.928/96, seguido a su instancia por el Impuesto
Extraordinario sobre el Patrimonio de las Personas
Físicas, se ha dictado Resolución en sesión del día
2 de diciembre de 1999, cuya parte dispositiva dice
lo siguiente:
"El Tribunal Económico-Administrativo Central,
en Sala, en el recurso de alzada interpuesto por
don Ariel Duo de la Llosa y doña Leyre Duo
Navarro, contra Resolución del Tribunal
Económico-Administrativo Regional de Madrid, de fecha 31
de marzo de 1995, recaída en reclamación número
16.563/92, referente al Impuesto Extraordinario
sobre el Patrimonio de las Personas Físicas, ejercicio
1985, acuerda: 1) La inadmisbilidad del recurso,
por incompetencia en razón de la cuantía. 2)
Declarar que la Resolución recurrida debe entenderse
dictada en única instancia. 3) Ordenar que por
el Tribunal Regional de Madrid se practique una
nueva notificación de la Resolución, concediendo
recurso contencioso-administrativo, procedente
contra actos dictados en única instancia."
Lo que se les notifica, indicando que contra el
referido fallo podrán los interesados interponer
recurso contencioso-administrativo ante la
Audiencia Nacional, dentro del plazo de dos meses,
contados desde el día siguiente al de finalización de
la publicación del presente anuncio.
Madrid, 25 de enero de 2000.-La Vocal-Jefe de
la Sección, María de Rus Ramos Puig.-&6.654.
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