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Documento BOE-B-2000-40124

Resolución del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas sobre resolución de expediente sancionador.

Publicado en:
«BOE» núm. 40, de 16 de febrero de 2000, páginas 2015 a 2015 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-B-2000-40124

TEXTO

Por el presente anuncio, en cumplimiento de lo

dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común (en adelante, LRJ-PAC), y

dado que no ha podido ser notificada en su último

domicilio social conocido, se notifica a la sociedad

"Mongas, Sociedad Anónima", que en virtud de lo

establecido en el artículo 20 del Reglamento del

procedimiento para el ejercicio de la potestad

sancionadora (en adelante RP), aprobado mediante

Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, ha sido

dictada, con fecha 20 de diciembre de 1999, y en

el curso del expediente administrativo sancionador

seguido frente a ella, Resolución del Presidente del

Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas.

Dado que este acto no se publica en su integridad,

de conformidad con lo previsto en los artículos 60.2

y 61 de la LRJ-PAC, se indica a la sociedad

inculpada que el texto íntegro de la Resolución que se

notifica se encuentra a su disposición, junto al resto

de la documentación del expediente, en la sede de

este Instituto, calle Huertas, número 26, 28014

Madrid. Dicho expediente se inició por el Presidente

del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas,

con fecha 23 de julio de 1999, tras remitir la

Dirección General de Registros y Notariado a dicho

Instituto, en virtud de lo dispuesto en el artículo 371

del Reglamento del Registro Mercantil, aprobado

por Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio, una

relación continente de las sociedades incumplidoras

de la obligación de depósito de cuentas anuales del

ejercicio 1997, entre las que se encontraba la entidad

inculpada.

Concluida la fase de instrucción de dicho

expediente, y teniendo en cuenta lo establecido en

los artículos 218 y 221 del texto refundido de la

Ley de Sociedades Anónimas, aprobado mediante

Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de

diciembre (en adelante, TRLSA), según redacción

posterior a las reformas operadas por el número

20 de la disposición adicional segunda de la Ley

2/1995, de 23 de marzo, de Sociedades de

Responsabilidad Limitada, y con el añadido introducido

por la disposición adicional tercera de la Ley

7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del

Comercio Minorista, y considerando, igualmente, de

conformidad con lo establecido en el apartado 3 del

artículo 16 del RP, el hecho de que se ha tenido

conocimiento de que, con fecha 25 de febrero de

1998, el Juzgado de Primera Instancia número 7

de Barcelona dictó auto declarando en estado de

quiebra voluntaria a la sociedad mercantil "Mongas,

Sociedad Anónima", se resuelve:

Declarar el sobreseimiento del expediente y el

archivo de las actuaciones al no haberse deducido

de las mismas la comisión por parte de la sociedad

"Mongas, Sociedad Anónima", de la infracción

administrativa prevista en el artículo 221 del

TRLSA.

Contra la resolución notificada podrá la sociedad

inculpada interponer recurso de alzada ante el

Ministro de Economía y Hacienda, en el plazo de

un mes a partir de la fecha de la presente publicación

o desde el último día de exposición en el tablón

de anuncios del Ayuntamiento de Barcelona, de

acuerdo con lo establecido en los artículo 114 y 115

de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común (de conformidad con la redacción

dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero).

Madrid, 27 de enero de 2000.-El Secretario

general, Pedro de María Martín.-6.136.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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