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Documento BOE-B-2000-4020

Resolución de la Entidad Pública Empresarial Correos y Telégrafos sobre edicto de 17 de diciembre de 1999 por el que se cita, llama y emplaza al funcionario del Cuerpo Auxiliar de Correos y Telégrafos, Escala de Oficiales, d o n J u a n L u i s I g l e s i a s A n e i r o s , A12TC-13190, actualmente en paradero desconocido.

Publicado en:
«BOE» núm. 4, de 5 de enero de 2000, páginas 127 a 127 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2000-4020

TEXTO

Don Fermín Zapatero García, Instructor del

expediente SGP.-170/99 incoado contra el funcionario

que se cita, don Juan Luis Iglesias Aneiros,

A12TC-13190, con destino en la Jefatura

Provincial de Correos y Telégrafos de Madrid, Sala

de Tráfico Telegráfico (Cibeles),

Hago saber: Que de conformidad con lo dispuesto

en los artículos 59.4, 60 y 61 de la Ley 30/1992,

de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y Procedimiento Administrativo Común, por

providencia de esta fecha he acordado que, mediante

el presente edicto, se cite, llame y emplace al aludido

funcionario actualmente en ignorado paradero, cuyo

último domicilio conocido lo tuvo en Madrid, calle

María Zurita, 10, planta 1.a, U, código postal 28044,

para que en el plazo de diez días, a contar del

siguiente al de la publicación de este edicto, en

horas de nueve a catorce, de lunes a viernes, se

presente ante esta Instrucción, Subdirección de

Gestión de Personal, Área de Informaciones y

Expedientes, calle Aduana, 27 y 29, planta 2.a, 28013

Madrid, al objeto de hacerle entrega de copia del

acuerdo de dicha Subdirección de Gestión de

Personal de fecha 29 de abril de 1999, por el que

se dispone la adopción de la medida cautelar de

suspensión provisional de funciones, con el 75 por

100 del sueldo sobre su persona, copia del también

acuerdo posterior de la misma dependencia, de fecha

14 de octubre de 1999, por el que la referida

situación de suspensión provisional hasta esa fecha, lo

sea sin sueldo alguno, así como pliegos de cargos

dimanante de los hechos que motivaron la apertura

del expediente de referencia, de conformidad con

lo que al efecto prevé el artículo 36 y concordantes

del Reglamento de Régimen Disciplinario de los

Funcionarios de la Administración Civil del Estado

(Real Decreto 33/1986), apercibiéndole de que, en

el supuesto de no acudir a este requerimiento, se

proseguirán las actuaciones correspondientes con

el perjuicio a que en derecho haya lugar, haciéndole

saber igualmente que este acto es de trámite y que

contra el mismo no cabe recurso alguno.

Madrid, 17 de diciembre de 1999.-El Instructor,

Fermín Zapatero García.-&11.558.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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