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Documento BOE-B-2000-43024

Resolución del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria sobre notificaciones a don Enrique Benavente Serrano (número de identificación fiscal 50015144-B).

Publicado en:
«BOE» núm. 43, de 19 de febrero de 2000, páginas 2161 a 2161 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-B-2000-43024

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el

artículo 105.6 de la Ley General Tributaria, en su

redacción por Ley 66/1997, de 30 de diciembre ("Boletín

Oficial del Estado" del 31), y al objeto de proceder

a la notificación de los expedientes sancionadores

por infracción tributaria grave por Impuesto sobre

la Renta de las Personas Físicas, ejercicios 1993

y 1994, e Impuesto sobre Patrimonio, ejercicio

1991, se cita al sujeto pasivo don Enrique Benavente

Serrano (provisto del número de identificación fiscal

50015144-B), con domicilio en la avenida Rey Juan

Carlos I, número 76, 28916 Leganés (Madrid), para

que comparezca en la oficina de la Secretaría

Administrativa de esta dependencia de la Oficina

Nacional de Inspección de Madrid, paseo de la Castellana,

número 106, planta quinta. Comparecencia que

deberá realizar en el plazo de diez días, a contar

desde el día siguiente al de publicación de este

anuncio.

En el momento de la comparecencia se les hará

entrega de la pertinente documentación atinente a

los expedientes, cuyo número, concepto tributario

y período se expresan a continuación, con expresión

de referencia, concepto tributario y período:

Expediente sancionador A02-70056640, por

Impuesto sobre la Renta de las Personas

Físicas, 1993.

Expediente sancionador A02-70056656, por

Impuesto sobre la Renta de las Personas

Físicas, 1994.

Expediente sancionador A01-70216146, por

Impuesto sobre Patrimonio, 1991.

Esta citación, para que el sujeto pasivo

comparezca al objeto de ser notificado, se produce porque

habiéndose intentado previamente dicha

notificación por otros medios en dos ocasiones, la misma

no ha podido llevarse a cabo.

La no comparecencia en el expresado plazo de

diez días determinará que, a partir del día siguiente

al del vencimiento del mismo, la notificación se

entenderá producida a todos los efectos legales.

Madrid, 4 de febrero de 2000.-La Jefa de

Servicio, Josefina Buades Torrent.-7.006.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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