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Documento BOE-B-2000-5020

Resolución de la Dirección Territorial de Industria y Energía de Valencia por la que se autoriza la instalación eléctrica que se cita y se declara, en concreto, de utilidad pública.

Publicado en:
«BOE» núm. 5, de 6 de enero de 2000, páginas 143 a 143 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Valenciana
Referencia:
BOE-B-2000-5020

TEXTO

Cumplidos los trámites reglamentarios ordenados

en el capítulo III del Decreto 2617/1966, de 20

de octubre ("Boletín Oficial del Estado" del 24),

y en el artículo 52 de la Ley 54/1997, de 27 de

diciembre, del Sector Eléctrico ("Boletín Oficial del

Estado" del 28), en la instalación eléctrica cuyas

principales características son:

Expediente 669/98 ATLINE-LDB/Cch:

a) Titular: "Iberdrola, Sociedad Anónima".

b) Lugar donde se va a establecer la instalación:

Término municipal de Benifaió, partida El Bobalar.

c) Tipo (LAT, CT,..) y finalidad de la

instalación: Línea aérea de alta tensión para ampliación

y mejora de la red de distribución a sus abonados.

d) Características principales: Tensión: 20 kV.

Longitud: 2.047 metros. Origen: Inmediaciones S.T.

Almussafes. Final: Polígono industrial "Fuente de

Muza".

Vistas las alegaciones formuladas por la Junta de

Compensación "La Sisena", que en esencia

consisten en la oposición al trazado aéreo de la línea

aérea y que en su lugar ésta pase a subterránea

por dos razones:

1. Lo dispuesto en las Normas subsidiarias del

municipio de Benifaió.

2. El incumplimiento del artículo 35 del

Reglamento de líneas aéreas de alta tensión.

Considerando, que dado que el Ayuntamiento de

Benifaió comunica su autorización a la presente

instalación por fax de fecha 12 de enero de 1999

no corresponde a este Servicio Territorial realizar

valoraciones referidas al cumplimiento o no de las

Normas subsidiarias de Benifaió.

Considerando, en lo referente al artículo 35 del

Reglamento citado, que en el mismo se establece

que se evitará en lo posible el tendido de líneas

aéreas de alta tensión en suelo urbano para líneas

de primera y segunda categoría, cuando la presente

es de tercera categoría (tensión de 20 kV).

Además, el citado artículo contempla la

transformación en subterránea de una línea aérea situada

en zona de reserva urbana, exigiendo para ello que

los terrenos estén urbanizados o en curso de

urbanización y que tengan las cotas de nivel previstas

en el proyecto de urbanización, lo que sucede en

este caso, al tratarse de terrenos de tierra sin

urbanizar, sin aceras, viales, etc.

Por todo lo cual, este Servicio Territorial de

Industria y Energía ha resuelto otorgar a "Iberdrola,

Sociedad Anónima", autorización administrativa y

declarar en concreto la utilidad pública de la instalación

cuyas características han sido reseñadas

anteriormente.

Esta instalación no podrá entrar en servicio

mientras no cuente el peticionario de la misma con la

aprobación de su proyecto de ejecución, previo

cumplimiento de los trámites que se señalan en el

capítulo IV del citado Decreto 2617/1966.

Contra la presente Resolución, que no pone fin

a la vía administrativa, se podrá presentar recurso

de alzada ante la Dirección General de Industria

y Energía (calle Colón, 32, 46004 Valencia), en

el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente

a aquél en que tenga lugar la notificación de la

presente, de conformidad con lo dispuesto en el

artículo 114 y 115 de la Ley 4/1999, de 13 de

enero; de modificación de la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico y del

Procedimiento Administrativo Común.

Valencia, 2 de diciembre de 1999.-El Director

territorial, Alejandro Marín Arcas.-11.777.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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