Está Vd. en

Documento BOE-B-2000-52099

Resolución de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo, de 14 de enero de 2000, por la que se amplía la autorización de actuación como organismo de control a la sociedad "Inspección de Vehículos Leonesa, Sociedad Anónima", en un nuevo ámbito reglamentario.

Publicado en:
«BOE» núm. 52, de 1 de marzo de 2000, páginas 2762 a 2762 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-B-2000-52099

TEXTO

Vista la solicitud formulada, con fecha 18 de

octubre de 1999, ante la Consejería de Industria,

Comercio y Turismo, por don Fernando Rodiño González,

en representación de la sociedad "Inspección

Técnica de Vehículos Leonesa, Sociedad Anónima",

con domicilio social en Valladolid, calle Acero,

parcela 16, del polígono de San Cristóbal, con número

de identificación fiscal A-24024507, para la

ampliación de la actividad como organismo de control

de las inspecciones previstas en el Reglamento de

Instalaciones Térmicas en los edificios y sus

Instrucciones Técnicas Complementarias,

Visto el certificado de acreditación número

07/EI/005/98 otorgado por la Entidad Nacional de

Acreditación y su anexo técnico revisión 4, de fecha

24 de septiembre de 1999,

Vistas las Resoluciones de 16 de julio de 1997

y de 16 de febrero de 1998 de la Dirección General

de Industria, Energía y Minas de la Consejería de

Industria, Comercio y Turismo por las que se

autoriza y amplía la actuación como organismo de

control a la sociedad "Inspección Técnica de Vehículos

Leonesa, Sociedad Anónima", y su publicación en

el "Boletín Oficial del Estado" de fechas 29 de julio

de 1997 y 16 de marzo de 1998,

Vistos la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria,

y el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre,

por el que se aprueba el Reglamento de la

Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial

y demás legislación concordante,

Vistos el Decreto Legislativo 1/1988, de 21 de

julio, que aprueba el texto refundido de la Ley de

Gobierno de Castilla y León; Decreto 114/1995,

de 10 de julio, de Reestructuración de Consejerías;

Decreto 125/1995, de 21 de julio, de

Reorganización de los Órganos Superiores de la

Administración de Castilla y León; Decreto 178/1995, de

3 de agosto, sobre Estructura Orgánica de la

Consejería de Industria, Comercio y Turismo; Real

Decreto 1779/1984, de 18 de julio; Decreto

125/1984, de 15 de noviembre, y Real Decreto

2571/1982, de 24 de julio,

Visto el informe del Servicio de Industria de fecha

12 de enero de 2000,

La Dirección General de Industria, Energía y

Minas ha resuelto:

Primero.-Ampliar la autorización concedida a la

entidad "Inspección Técnica de Vehículos Leonesa,

Sociedad Anónima", para actuar como organismo

de control para las actividades de inspección en

los ámbitos reglamentarios de:

Instalaciones y aparatos a presión.

Instalaciones eléctricas.

Instalaciones de almacenamiento de productos

químicos.

Vehículos y contenedores destinados al transporte

de mercancías peligrosas y perecederas.

Instalaciones y aparatos para combustibles

gaseosos.

Construcción de máquinas con riesgo.

Elementos e instalaciones de aparatos de

elevación y manutención.

Instalaciones contra incendios.

Instalaciones petrolíferas.

Al nuevo ámbito de las instalaciones térmicas en

los edificios, pudiendo realizar todas las

inspecciones previstas en el Reglamento de Instalaciones

Térmicas en los edificios, aprobado por el Real Decreto

1751/1998, de 31 de julio, y en sus Instrucciones

Técnicas Reglamentadas.

Segundo.-Se mantiene en vigor la Resolución de

16 de febrero de 1998 de esta Dirección General

de Industria, Energía y Minas de la Consejería de

Industria, Comercio y Turismo por la que se autoriza

la actuación como Organismo de Control a la

sociedad "Inspección Técnica de Vehículos Leonesa,

Sociedad Anónima", y publicado en el "Boletín

Oficial del Estado" en fecha 16 de marzo de 1998.

Tercero.-Esta autorización poseerá validez

mientras la acreditación otorgada por la Entidad

Nacional de Acreditación se mantenga en vigor, debiendo

presentarse por la entidad autorizada

periódicamente la documentación justificativa.

Cuarto.-La entidad autorizada para actuar en la

Comunidad de Castilla y León, deberá mantener

al menos los medios personales, materiales e

instalaciones que figuran en el expediente

administrativo y que se han considerado suficientes para

atender, como mínimo, al 5 por 100 de las instalaciones

existentes, cumplirá fielmente lo establecido en el

Real Decreto 2200/1995; mantendrá actualizados

los registros existentes en esta Dirección General

de Industria, Energía y Minas referentes a

instalaciones, medios materiales, personal técnico, etc.,

aportará trimestralmente las inspecciones realizadas

en los soportes informáticos que se establezcan en

cada caso y asimismo atenderá las especificaciones

que dice el Servicio de Industria para el mejor

funcionamiento de las relaciones con la Administración

Autónoma.

Quinto.-De acuerdo con el artículo 43.5 del

Reglamento aprobado por el Real Decreto

2200/1995, de 28 de diciembre.

Esta autorización tiene validez para todo el ámbito

del Estado con las condiciones previstas en el citado

artículo.

Notifíquese la presente Resolución al interesado,

con indicación que no pone fin a la vía

administrativa, y que contra la misma podrá interponerse

recurso de alzada ante el excelentísimo señor

Consejero de Industria, Comercio y Turismo, en el plazo

de un mes a partir del día siguiente al de su

notificación, conforme a lo dispuesto en los artículos

114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Valladolid, 14 de enero de 2000.-El Director

general de Industria, Energía y Minas, Raimundo

M. Torío Lorenzana.-&8.721.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid