Por Resolución de fecha 8 de marzo de 1995
del Director general de Obras Públicas, se aprobó
definitivamente el proyecto básico "11-C-1273.
Autovía de Castelló-La Pobla Tornesa C-238. Tramo
Borriol Sur-La Pobla Tornesa Norte". Habiendo
dictado, en fecha 18 de octubre de 1995 el Director
general de Calidad Ambiental la declaración de
Impacto Ambiental del proyecto de referencia.
Habiendo dividido el proyecto básico para su
ejecución en dos proyectos de construcción, uno de
ellos el proyecto "11-C-1273. Autovía de Castelló-La
Pobla Tornesa. Tramo Borriol-La Pobla Tornesa
(Castelló)".
En virtud de las atribuciones asignadas por el
Decreto 85/1999, de 30 de julio, del Gobierno
Valenciano, por el que se aprueba el Reglamento
orgánico y funcional de la Conselleria de Obras
Públicas, Urbanismo y Transportes ("DOGV"
número 3551), a la vista del informe emitido por la
División de Carreteras, con los efectos señalados en
el artículo 22 de la Ley 6/1991, de la Generalitat
Valenciana, de 27 de marzo, de Carreteras de la
Comunidad Valenciana, y del artículo 122 de la
Ley 13/1995, de 18 de mayo de Contratos de las
Administraciones Públicas, así como por delegación
de la Orden del Conseller de Obras Públicas,
Urbanismo y Transportes, de 8 de abril de 1998
("DOGV" número 3229), resuelvo:
Primero.-Aprobar definitivamente el proyecto de
construcción "11-C-1273. Autovía de Castelló-La
Pobla Tornesa. Tramo Barriol-La Pobla Tornesa
(Castelló)".
Segundo.-Visto lo dispuesto en el artículo 20 y
siguientes de la Ley 6/1991, de 27 de marzo, de
Carreteras de la Generalitat Valenciana, razones de
interés público aconsejan la publicación de esta
Resolución de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Contra la presente Resolución que agota la vía
administrativa podrá interponerse con carácter
potestativo, recurso de reposición ante el Director
general de Obras Públicas en el plazo de un mes,
contado desde el día siguiente al de su publicación,
en virtud de lo dispuesto en los artículos 116 y 117
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Pro
cedimiento Administrativo Común, en la redacción
dada a los mismos por la Ley 4/1999, de 13 de
enero ("Boletín Oficial del Estado" número 12,
del 14).
No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior,
la presente Resolución podrá ser impugnada
directamente ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo de la ciudad de Valencia, mediante la
interposición del correspondiente recurso
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados
desde el día siguiente al de la publicación de la
misma o, en su caso, de la resolución expresa del
recurso potestativo de reposición, de conformidad
con lo establecido en el artículo 46 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitar,
en su caso, cualquier otro recurso que estime
procedente.
Valencia, 20 de enero de 2000.-El Director
general de Obras Públicas, Pedro Marco Segura.-&9.211.
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