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Documento BOE-B-2000-58023

Resolución de la Dependencia Regional de Recaudación en Málaga sobre bienes. Providencia y anuncio de subasta.

Publicado en:
«BOE» núm. 58, de 8 de marzo de 2000, páginas 3094 a 3094 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - A. Subastas y concursos de obras y servicios
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-B-2000-58023

TEXTO

En el expediente administrativo de apremio que

se sigue en esta Dependencia al deudor a la

Hacienda Pública "Florencio Agustín e Hijos, Sociedad

Anónima", con código de identificación fiscal

A04028189, por, entre otros, los siguientes

conceptos y ejercicios, con expresión del número de

liquidación, concepto y ejercicio:

A0460093020000350. IVA. Actas de

inspección 1988.

A0460093020000361. Sociedades actas de

inspección 1984.

A0460094020000516. Sociedades actas de

inspección 1985.

A0460094020000527. Sociedades actas de

inspección 1986.

A0460094020000538. Sociedades actas de

inspección 1987.

A0460094020000549. Sociedades actas de

inspección 1988.

Se ha acordado con esta fecha convocar la subasta

de los bienes y derechos que a continuación se

describen, para responder de 1.527.438.307 pesetas,

de conformidad con lo previsto en el artículo 146

del Reglamento General de Recaudación:

Los derechos de crédito que, por importe de dos

mil ciento diecinueve millones cuarenta y cinco mil

(2.119.045.000) pesetas, más los correspondientes

intereses, ostenta don Carlos Agustín Fernández,

frente a "Jardín Park Europea, Sociedad Anónima",

con código de identificación fiscal A58616442,

consecuencia de la venta de los derechos de suscripción

preferente de 99.991 acciones de la entidad Hotel

Golf Descubrimiento (en la actualidad "Europea de

Servicios Urbanísticos, Sociedad Anónima"), en la

ampliación de capital realizada el 21 de diciembre

de 1988.

La subasta se celebrará el día 19 de mayo de

2000, a las doce horas, en la sala de junta de la

Delegación de la AEAT de Málaga, sita en la avenida

de Andalucía, número 2.

Importe de los derechos: 2.119.045.000 pesetas.

Tipo de subasta en primera licitación:

2.119.045.000 pesetas.

Tipo de subasta en segunda licitación:

1.589.283.750 pesetas.

Valor de la puja: 10.000.000 de pesetas.

1. Todo licitador habrá de constituir, ante la

Mesa de la subasta, una fianza de, al menos, el

20 por 100 del tipo de aquélla. Este depósito se

ingresará en firme en el Tesoro si los adjudicatarios

no satisfacen el precio del remate, sin perjuicio de

la responsabilidad en que incurrieran por los

mayores perjuicios que sobre el importe de la fianza

originase la inefectividad de la adjudicación.

2. La subasta se suspenderá en cualquier

momento anterior a la adjudicación del bien si se

efectúa el pago de la cantidad reclamada. En

particular, al tratarse de la ejecución de garantía

prestada por un tercero requerido de pago, se suspenderá

la subasta si se efectúa el ingreso por el garante

conforme a lo dispuesto en el artículo 111.4 del

Reglamento General de Recaudación.

3. Los licitadores habrán de conformarse con

los títulos de propiedad que se hayan aportado al

expediente, no teniendo derecho a exigir otros,

encontrándose de manifiesto aquéllos en esta

Dependencia de Recaudación, hasta una hora antes

de la señalada para la celebración de la subasta.

4. El rematante entregará en el acto de

adjudicación, o dentro de los cinco días siguientes, la

diferencia entre el depósito constituido y el precio

de la adjudicación.

5. Serán por cuenta del rematante todos los

gastos que se originen en la adjudicación, incluido

el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los

Terrenos, en su caso.

6. En cualquier momento posterior al de

declararse desierta la primera licitación, se podrá

adjudicar directamente el bien por un importe igual o

superior al que fue valorado en dicha licitación

(disposición adicional trigésima de la Ley 21/1986, de

23 de diciembre, de Presupuestos Generales del

Estado para 1987).

7. Los deudores con domicilio desconocido, así

como los acreedores hipotecarios o pignoraticios

desconocidos, se tendrán por notificados con plena

virtualidad legal por medio del presente anuncio.

8. La Hacienda Pública se reserva el derecho

de pedir la adjudicación del bien que no hubiese

sido objeto de remate, conforme a los artículos 158

y siguientes del Reglamento General de

Recaudación.

9. Se admitirán pujas en sobre cerrado. En éstas

se expresará el precio máximo ofrecido por el

licitador por cada inmueble. Los sobres deberán

presentarse en el Registro General de la Delegación

de la AEAT, al menos, una hora antes de iniciarse

la subasta, debiendo incluirse en el sobre un cheque

conformado a favor del Tesoro Público, por el

importe de la fianza a que se refiere el punto primero.

10. El Presidente de la Mesa, en caso de quedar

desierta la primera licitación, podrá acordar

proceder a una segunda licitación para el bien no

enajenado en la primera. A tal fin, se abrirá un plazo

de media hora para completar o constituir depósitos

que cubran el 20 por 100 del nuevo tipo de subasta,

estimado en el 75 por 100 del tipo en primera

licitación.

11. Cuando en la licitación el bien quedara sin

adjudicar, esta Dependencia Regional procederá, en

el plazo de seis meses, a realizar las gestiones

conducentes a la adjudicación directa en los términos

previstos en el artículo 150 del Reglamento General

de Recaudación.

Sevilla, 22 de febrero de 2000.-El Jefe de la

Dependencia Regional de Recaudación, Fernando

Rodríguez Tuñas.-&10.313.

ANÁLISIS

Tipo:
Subasta
Observaciones:
Servicios.

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