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La Secretaría de Estado de Infraestructuras y
Transportes aprobó el 22 de noviembre de 1999
el proyecto de trazado del área de servicio antes
indicado. Por Resolución de 24 de noviembre de
1999, la Dirección General de Carreteras ha
ordenado a esta Demarcación la iniciación del
corresp o n d i e n t e e x p e d i e n t e d e e x p r o p i a c i ó n
forzosa.
Esta Demarcación, en uso de las facultades que
le confiere el artículo 98 de la Ley de Expropiación
Forzosa, en relación con los artículos 17 18 y 52
de la misma Ley y 56 de su Reglamento, ha resuelto
someter a información pública la relación de bienes
y derechos afectados por el citado proyecto, como
trámite previo a la declaración de la urgente
ocupación de los mismos.
A tal fin, durante el plazo de veinte días hábiles,
contados a partir del siguiente al de publicación
de este anuncio en el "Boletín Oficial del Estado",
los interesados tendrán de manifiesto la relación
de bienes y derechos y el parcelario de la
expropiación en el Ayuntamiento de Valdáliga y en las
dependencias de esta Demarcación (calle Vargas,
53, 9.o, Santander), pudiendo formular en dicho
plazo las alegaciones que estimen pertinentes por
cualquiera de los medios establecidos en el artículo
38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común.
Santander, 23 de febrero de 2000.-El Jefe de
la Demarcación de Carreteras, Vicente Revilla
Durá.-10.803.
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