Con fecha de 20 de enero de 2000, por el Consejo
de Gobierno de la Comunidad de Madrid, se dictó
acuerdo a los efectos previstos en el artículo 52
de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de
diciembre de 1954, por el que se declaran de urgente
ocupación los bienes y derechos afectados por las
obras del proyecto correspondiente al expediente
de referencia.
En cumplimiento y ejecución de la disposición
citada, y en uso de las atribuciones que me han sido
conferidas por la disposiciones vigentes, resuelvo:
Convocar a los propietarios de los bienes y
derechos afectados por las obras del proyecto de
construcción del colector de Valconejeros,
correspondiente al expediente expropiatorio 465, para que
en los días y horas establecidos comparezcan en
el Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes,
al objeto del levantamiento de las actas previas a
la ocupación, con traslado, en su caso, a las fincas
afectadas, para la toma de datos, si fuera necesario.
Las operaciones podrán continuarse en días y
horarios posteriores, si fuera preciso, bastando a
tal efecto el anuncio verbal en la jornada que se
trate y con ocasión del levantamiento de la última
acta que se extienda, haciéndose saber así
públicamente a los asistentes.
Las actas se levantarán aun en el supuesto de
que no concurran los propietarios y demás
interesados, o quienes debidamente les representen.
A dicho acto deberán asistir los afectados,
personalmente o bien representados por persona
debidamente autorizada para actuar en su nombre,
aportando los documentos acreditativos de su titularidad,
último recibo de la contribución y certificación
catastral, pudiendo hacerse acompañar, a su costa,
si lo estima oportuno, de Perito y Notario.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 24 del
referido texto legal, durante el transcurso del acto
se procederá a convenir, si procede, la adquisición
de los bienes y derechos afectados, por mutuo
acuerdo. En caso de que dicho convenio no pueda ser
alcanzado, transcurridos quince días, se seguirá el
procedimiento legalmente establecido al efecto.
Los interesados, así como las personas que siendo
titulares de derechos reales o intereses económicos
se hayan podido omitir en la relación, podrán
formular mediante escrito dirigido a la Consejería de
Medio Ambiente, Secretaría General Técnica,
Servicio de Régimen Jurídico y Normativa, Sección
de Expropiaciones, calle Princesa, 3, 10.a planta,
28008 Madrid, y hasta el día señalado para el
levantamiento de actas previas, cuantas alegaciones
estimen oportunas, a los solos efectos de subsanar los
posibles errores que se hayan podido producir al
relacionar los bienes y derechos que se afectan a
tal fin, para lo cual tendrán a su disposición los
planos parcelarios correspondientes en el Canal de
Isabel II, División de Expropiaciones, calle Santa
Engracia, 125, y en el Ayuntamiento antes
mencionado.
Asimismo, se significa que la presente publicación
se hace a los efectos previstos en el artículo 59.4
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, modificada por
la Ley 4/1999, de 13 de enero, para los interesados
que figuren como desconocidos o con domicilio
ignorado.
Contra esta Resolución, que no agota la vía
administrativa, podrá interponer recurso ordinario ante
el Consejero de Medio Ambiente, en el plazo de
un mes, contado desde el día de la recepción de
la presente notificación, sin perjuicio de poder
ejercitar cualquier otro que estime pertinente en defensa
de sus derechos.
Madrid, 23 de febrero de 2000.-El Secretario
general técnico, Gerardo Ravassa Checa.-&12.425.
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