Desconociéndose el actual domicilio de don
Manuel Moreno Rojas por no hallársele en el paseo
de la Farola, 5, quinto C, 29016 Málaga, que había
designado, se le hace saber por el presente edicto
que por este Tribunal Económico-Administrativo
Central y en el expediente R.G. 6.829/98 y
RS-238/98, seguido a su instancia por el concepto
de Impuestos Especiales, se ha dictado resolución
en la sesión de Sala del día 28 de abril de 1999,
cuya parte dispositiva dice lo siguiente:
"El Tribunal Económico-Administrativo Central,
en Sala, en relación con el escrito formulado por
don Manuel Moreno Rojas respecto al acuerdo
recaído en el expediente número 6.289/98 R.G.,
acuerda declararlo inadmisible."
Lo que notifico reglamentariamente a Vd.
advirtiéndole que contra esta resolución definitiva en vía
económico-administrativa puede interponer recurso
contencioso-administrativa ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional
en el plazo de dos meses a contar del día siguiente
a la fecha de esta notificación.
Madrid, 14 de febrero de 2000.-El Vocal, Adolfo
Carlos González Armengol.-11.905.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid