Notificación a don Raimundo Prado Soltero, de
fallo dictado por el Tribunal
Económico-Administrativo Central, en el expediente R.G. 8.017/96,
protocolo 366/99, por aplicación de lo dispuesto
en el artículo 86 del Reglamento de procedimiento
en las Reclamaciones Económico-Administrativas.
Al no haberse podido practicar en el domicilio
que consta en las actuaciones, por el presente se
notifica a don Raimundo Prado Soltero, que por
el Tribunal Económico-Administrativo Central y en
el expediente R.G. 8.017/96, protocolo 366/99,
seguido a instancia del Director general de la
Tesorería General de la Seguridad Social, en materia
de recaudación de los recursos de la Seguridad
Social, se ha dictado resolución en la sesión del
día 9 de julio de 1999, cuya parte dispositiva dice
lo siguiente:
"El Tribunal Económico-Administrativo Central,
en Sala, en resolución del recurso de alzada
interpuesto por el Director general de la Tesorería
General de la Seguridad Social, contra el acuerdo del
Tribunal Económico-Administrativo Regional de
Andalucía de fecha 11 de junio de 1996, dictado
en la reclamación número 41/7341/94, en materia
de recaudación de los recursos de la Seguridad
Social, acuerda declararlo inadmisible, por razón
de la cuantía debiendo el Tribunal Regional notificar
de nuevo el acuerdo con indicación del recurso
procedente."
Lo que se notifica indicando que contra el referido
fallo podrá el interesado interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional,
dentro del plazo de dos meses, contados desde el
día siguiente al de finalización de la publicación
del presente anuncio.
Madrid, 26 de enero de 2000.-El Vocal Jefe de
la Sección, Francisco J. Palacio Ruiz de
Azaga.-11.885.
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