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Documento BOE-B-2000-65146

Acuerdo Resolutorio del Consejo de Gobierno del Banco de España de 29 de octubre de 1999, recaído en el procedimiento sancionador de referencia IE/LDI-3/99, previsto en el título II de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, instruido por acuerdo de la Comisión Ejecutiva del Banco de España de fecha 25 de junio de 1999 a don Emilio Jesús Fernández Romero.

Publicado en:
«BOE» núm. 65, de 16 de marzo de 2000, páginas 3617 a 3617 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Banco de España
Referencia:
BOE-B-2000-65146

TEXTO

Adoptado por la Comisión Ejecutiva del Banco

de España en su sesión de 25 de junio de 1999,

acuerdo de incoación del procedimiento previsto

en el título II de la Ley 26/1988, de 29 de julio,

sobre Disciplina e Intervención de las Entidades

de Crédito a don Emilio Jesús Fernández Romero,

seguido en su tramitación bajo la referencia

IE/LDI-3/99, y habiéndose dictado acuerdo

resolutorio en el mismo, y estando acreditado en el

expediente el intento de notificación personal al

expedientado sin resultado práctico, de conformidad

con lo previsto en los artículos 59.4 y 61 de la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, se procede a

dar publicación en los términos que señala el citado

artículo 61, en el "Boletín Oficial del Estado", del

Acuerdo resolutorio del Consejo de Gobierno del

Banco de España de fecha 29 de octubre de 1999,

el cual, tras la exposición de hechos y fundamentos

jurídicos contenidos en la Propuesta de Resolución

a la que el expedientado no ha presentado

alegaciones, concluye con el siguiente fallo:

Primero.-Imponer a don Emilio Jesús Fernández

Romero sanción de multa por importe de un millón

(1.000.000) de pesetas, prevista en el artículo 29

de la Ley 26/1988, de 29 de julio, por utilizar,

en el ejercicio de actividad mercantil,

denominaciones que inducen a confusión con las propias de

la entidades de crédito.

Segundo.-Requerir a don Emilio Jesús Fernández

Romero para que cese inmediatamente en el uso

en la prensa, o por cualquier otro medio, y se

abstenga de utilizar en lo sucesivo las denominaciones

"Agencia Financiera", "Comercial de

Intermediaciones Mercantiles y Bancarias, Sociedad Limitada"

o cualesquiera otras que induzcan a confusión con

las denominaciones reservadas legalmente a las

entidades de crédito, advirtiéndole de que, en caso de

no atender el requerimiento será sancionado con

multa de hasta diez millones (10.000.000) de

pesetas, que podrá ser reiterada con ocasión de

posteriores requerimientos.

Contra este acuerdo podrá interponer recurso de

alzada ante el Ministerio de Economía y Hacienda

en el plazo de un mes, previsto en los artículos

114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo

61 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

se concede a don Emilio Jesús Fernández Romero

el plazo de quince días a contar desde el siguiente

al de la presente publicación, para que tome

conocimiento del contenido íntegro del Acuerdo del

Consejo de Gobierno de 29 de octubre de 1999, el

cual junto con el expediente, estará puesto de

manifiesto en la central del Banco de España, en Madrid,

calle Alcalá, número 50, Oficina de Servicio

Jurídico, Secretaría de Expedientes de Entidades de

Crédito.

Madrid, 2 de marzo de 2000.-El Jefe del Servicio

Jurídico, José Ramón del Caño Palop.-13.339.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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