Notificación a doña Eva Nordbeck Ferraz,
representante de "Reformas y Construcciones Saporo,
Sociedad Limitada", de fallo dictado por el Tribunal
Económico-Administrativo Central, en el
expediente R.G. 2058-98; R. S. 80-98-R, por aplicación de
lo dispuesto en el artículo 86 del Reglamento de
Procedimiento en las Reclamaciones
Económico-Administrativas.
Al no haberse podido practicar en el domicilio
que consta en las actuaciones, por el presente se
notifica a doña Eva Nordbeck Ferraz, representante
de "Reformas y Construcciones Saporo, Sociedad
Limitada" que por el Tribunal
Económico-Administrativo Central, y en el expediente R.G. 2058-98,
R.S. 80-98-R, seguido a su instancia por el impuesto
de otros conceptos, se ha dictado resolución en
la sesión del día 2 de diciembre de 1999, cuya
parte dispositiva dice lo siguiente:
"Este Tribunal Económico-Administrativo
Central, en Sala, resolviendo la reclamación formulada
por "Reformas y Construcciones Saporo, Sociedad
Limitada", contra Resolución del Tribunal
Económico-Administrativo Regional de Cataluña de 17
de diciembre de 1997, recaído en su expediente
número 8882/96, en materia de requerimiento de
información, acuerda: Desestimar la reclamación y
confirmar el acto administrativo impugnado."
Lo que se notifica, significando que contra el
indicado fallo y dentro del plazo de dos meses, contados
desde el día siguiente al de la publicación del
presente anuncio, podrá el interesado interponer
recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia
Nacional.
Madrid, 8 de marzo de 2000.-El Vocal, Conrado
Montesinos Jaén.-14.602.
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