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Documento BOE-B-2000-75232

Resolución del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA) sobre notificación a don Enrique Fernández Ayuso, Administrador solidario de "Siurell Producciones Cinematográficas y de Televisión, Sociedad Limitada".

Publicado en:
«BOE» núm. 75, de 28 de marzo de 2000, páginas 4276 a 4276 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-B-2000-75232

TEXTO

Notificación del escrito de 26 de abril de 1999,

de la Subdirección General de Fomento de la

Industria Cinematográfica y Audiovisual, del Instituto de

la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, a

don Enrique Fernández Ayuso, Administrador

solidario de "Siurell Producciones Cinematográficas y

de Televisión, Sociedad Limitada", calle Ollers,

esquina Muntanya, sin número, polígono industrial

"Marratxi", 07141 Marratxi (Baleares), por el que

se da traslado del incumplimiento del plazo de

justificación del coste de producción de la película

"Bert", expediente 25296.

Por medio del presente anuncio, una vez agotados

los medios de notificación previstos en el artículo

59 de la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, se pone en conocimiento de don

Enrique Fernández Ayuso, Administrador solidario

de "Siurell Producciones Cinematográficas y de

Televisión, Sociedad Limitada", que tuvo su último

domicilio conocido en la calle Ollers, esquina

Muntanya, sin número, polígono industrial "Marratxi",

07141 Marratxi (Baleares), que con fecha 26 de

abril de 1999 se le notifica que por la Subdirección

General de Fomento de la Industria

Cinematográfica y Audiovisual, del Instituto de la Cinematografía

y de las Artes Audiovisuales, se le ha dirigido el

escrito que se expresa en los siguientes términos:

Como beneficiario de un crédito acogido al

Convenio BEX-ICAA, quedó obligado al cumplimiento

del requisito indicado en los plazos que marca la

norma reguladora de la citada ayuda.

Superado ampliamente el plazo indicado, le

comunico que queda iniciado el procedimiento de

reintegro o de suspensión de la ayuda, según proceda,

de acuerdo con lo establecido en el artículo 81.9,

apartado a) y 82.1 apartado c) del texto refundido

de la Ley General Presupuestaria, disponiendo esa

empresa de un plazo de diez días para efectuar

las alegaciones y presentar los documentos y

justificantes que estime oportunos. Transcurrido dicho

plazo se tendrá por realizado el trámite de audiencia

y se procederá a resolver el expediente (artículo

84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común).

Lo que se comunica para su conocimiento y

efectos.

Madrid, 9 de marzo de 2000.-La Subdirectora

general de Fomento de la Industria Cinematográfica

y Audiovisual, Beatriz de Armas Serra.-14.617.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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