En aplicación de lo dispuesto en el artículo 1.3
de la Ley 41/1997, de 5 de noviembre, por la que
se modifica la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de
Conservación de los Espacios Naturales y de la
Flora y Fauna Silvestres, corresponde a la
Comunidad Autónoma de Canarias aprobar el Documento
del Plan Rector de Uso y Gestión del Parque
Nacional del Teide y por tanto someterlo a información
pública por el plazo de un mes a contar desde el
día de la publicación en el Boletín, todo ello en
virtud de lo dispuesto en el artículo 86 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
Con el fin de que cualquier persona física o
jurídica pueda formular las alegaciones que estime
oportunas, el citado expediente se podrá consultar desde
las nueve a las catorce horas, en la Viceconsejería
de Medio Ambiente, en las siguientes dependencias:
Viceconsejería de Medio Ambiente. Biblioteca.
Avenida de Anaga, 35, planta 6.a, edificio de usos
múltiples I, 38071 Santa Cruz de Tenerife.
Servicio de Planificación de Recursos Naturales,
carretera de la Esperanza, kilómetro 0,8, 38071 La
Laguna (Tenerife).
Santa Cruz de Tenerife, 2 de febrero de 2000.-El
Viceconsejero de Medio Ambiente, Emilio Alsina
Pérez.-16.302.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid