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Documento BOE-B-2000-84064

Resolución de la Delegación Especial de la AEAT, Dependencia de Recaudación, Unidad de Subastas, Madrid, sobre anuncio de subasta de bienes hipotecados en procedimiento de apremio seguido por la Hacienda Pública contra la deudora a la misma "Explotaciones Agrícolas del Tormes, Sociedad Anónima".

Publicado en:
«BOE» núm. 84, de 7 de abril de 2000, páginas 4926 a 4926 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-B-2000-84064

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el

artículo 130 de la Ley General Tributaria, y en los artículos

111, 146 y siguientes del Reglamento General de

Recaudación (Real Decreto 1684/1990, de 20 de

diciembre, "Boletín Oficial del Estado" de 3 de enero

de 1991), se dispone la venta de bienes inmuebles

dentro del expediente ejecutivo seguido contra la

deudora "Explotaciones Agrícolas del Tormes,

Sociedad Anónima" (A28383586), y que fueron

ofrecidos en garantía. Dicha garantía está

formalizada en escritura de hipoteca inmobiliaria otorgada

el 30 de diciembre de 1993 ante el Notario de

Madrid don José Antonio Linage Conde.

La subasta se celebrará el día 10 de mayo de 2000,

a las diez horas, en el salón de actos de la Delegación

de la Agencia Estatal de Administración Tributaria

en Madrid, calle Guzmán el Bueno, 139.

Bien a enajenar

Descripción registral: Rústica. Porción de terreno

en término municipal de Tejares, hoy, por anexión,

término municipal de Salamanca, al sitio

denominado "Los Llanos". Mide una superficie de 10

hectáreas. Linda: Al norte, con la carretera de

Salamanca-Vitigudino; al sur, en vértice, con el resto

de la finca matriz de la que se segrega y con la

carretera N-620 a Portugal; al este, con dicha

carretera N-620, y al oeste, con el resto de la finca matriz

de la que se segrega.

Finca inscrita con el número 30.914, folio 209,

libro 454, en el Registro de la Propiedad número 1

de Salamanca (finca matriz número 1.392).

Valorada en 107.878.124 pesetas, siendo el tipo

de subasta en primera licitación de 107.878.124

pesetas.

Tramos: 50.000 pesetas.

En cumplimiento del citado precepto se publica

el presente anuncio y se advierte a las personas

que deseen tomar parte en la subasta lo siguiente:

Primero.-Todo licitador habrá de constituir ante

la Mesa de Subasta fianza, al menos, del 20 por 100

del tipo de subasta en primera licitación. Este

depósito se ingresará en firme en el Tesoro si los

adjudicatarios no satisfacen el precio del remate, sin

menoscabo de la responsabilidad en que incurrirán

por los mayores perjuicios que sobre el importe

de la fianza originare la inefectividad de la

adjudicación.

Segundo.-La subasta se suspenderá en cualquier

momento anterior a la adjudicación del bien si se

efectúa el pago de la deuda, intereses y costas del

procedimiento.

Tercero.-Las cargas, gravámenes y situaciones

jurídicas que afectan al bien y que han de quedar

subsistentes son las siguientes, según la

documentación que consta en el expediente:

Como procedente por segregación de la finca

registral 1.392, inscrita al folio 193 del libro 24

de Tejares, está gravada con las servidumbres

constituidas en su inscripción tercera de la citada finca

número 1.392.

En cualquier caso, el adjudicatario se subrogará

en todas las cargas, gravámenes y derechos que

legalmente deban quedar subsistentes.

Cuarto.-Los licitadores habrán de conformarse

con los títulos de propiedad que se hayan aportado

al expediente, no teniendo derecho a exigir otros,

encontrándose de manifiesto aquéllos en esta

Dependencia de Recaudación, hasta el día anterior

al de la subasta. Los gastos derivados del

otorgamiento de oficio de la escritura de venta de los

inmuebles que resulten enajenados serán por cuenta

del adjudicatario.

Quinto.-El rematante entregará en el acto de

adjudicación, o dentro de los cinco días siguientes, la

diferencia entre el depósito constituido y el precio

de la adjudicación.

Sexto.-Cuando en la primera licitación no se

hubiese cubierto la deuda y queden bienes sin

adjudicar, la Mesa anunciará la iniciación del trámite

de adjudicación directa, que se llevará a cabo de

acuerdo con el artículo 150 del Reglamento General

de Recaudación. Para ello se admitirán ofertas por

importe igual o superior al tipo de subasta en primera

licitación.

Sin embargo, y en el mismo acto de la primera

licitación, la Mesa podrá optar por celebrar una

segunda licitación cuando así lo haya acordado,

previa deliberación sobre la conveniencia de la misma.

El nuevo tipo será el 75 por 100 del tipo de subasta

en primera licitación. Los bienes no adjudicados

pasarán al trámite de adjudicación directa previsto

en el artículo 150 del Reglamento General de

Recaudación.

En el trámite de adjudicación directa, la

Dependencia de Recaudación realizará las gestiones

conducentes a la adjudicación en el plazo máximo de

seis meses en las mejores condiciones económicas,

realizando cuantas notificaciones considere

necesarias en el tablón de anuncios de dicha Dependencia.

Las ofertas se presentarán en sobre cerrado en el

exterior del cual se indicará con claridad la

referencia "Subasta de ``Explotaciones Agrícolas del

Tormes, Sociedad Anónima''. Adjudicación directa

(S-0842). Dependencia de Recaudación". Dichas

ofertas tendrán la consideración de vinculantes. En

este caso no será necesario aportar en el sobre

cerrado el depósito a que se refiere el punto primero.

Séptimo.-Los deudores con domicilio

desconocido, los deudores declarados en rebeldía, así como

los acreedores hipotecarios o pignoraticios

desconocidos se tendrán por notificados con plena

virtualidad legal por medio del presente anuncio.

Octavo.-La Hacienda se reserva el derecho de

adjudicar al Estado los inmuebles que no hubiesen

sido objeto de remate, conforme a los artículos 158

y siguientes del Reglamento General de

Recaudación y el 137.2 de la Ley General Tributaria.

Noveno.-De acuerdo con lo dispuesto en el

artículo 147.3 del Reglamento General de

Recaudación, se admitirán ofertas en sobre cerrado. En éstas

se expresará el precio máximo ofrecido por el bien

enajenado. Los sobres podrán presentarse en el

Registro General de la Delegación hasta una hora

antes de iniciarse la subasta, debiendo incluirse en

el sobre un cheque conformado a favor del Tesoro

Público por el importe del depósito a que se refiere

el punto primero, así como datos identificativos y

dirección del licitador, a efectos de poder

comunicarle, en caso de adjudicación, el resultado de

la subasta para su conocimiento a los efectos de

lo determinado en el punto quinto. En la parte

exterior del sobre debe figurar con claridad la referencia

"Subasta de ``Explotaciones Agrícolas del Tormes,

Sociedad Anónima''. (S-0842)/10 de mayo de 2000.

Dependencia de Recaudación".

Décimo.-Si de la venta del bien resultara un

importe superior a los débitos y costas incluidos

en el expediente ejecutivo, se depositará el sobrante

en la Caja General de Depósitos del Ministerio de

Economía y Hacienda, a los efectos oportunos.

Undécimo.-Recursos: De reposición, en el plazo

de quince días, ante la Dependencia de

Recaudación, o reclamación económico-administrativa, en

el plazo de quince días, ante el Tribunal de dicha

jurisdicción.

Madrid, 21 de febrero de 2000.-El Jefe de la

Dependencia de Recaudación, Juan Luis Cerdán

Ruano.-17.161.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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