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Documento BOE-B-2000-87142

Resolución de la Consejería de Industria, Turismo, Trabajo y Comunicaciones. Dirección General de Industria (Cantabria), autorizando el establecimiento de la instalación eléctrica de alta tensión. Expediente AT-168-99 (A).

Publicado en:
«BOE» núm. 87, de 11 de abril de 2000, páginas 5082 a 5083 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cantabria
Referencia:
BOE-B-2000-87142

TEXTO

La empresa "Electra de Viesgo I, Sociedad

Anónima", con domicilio social en la calle Medio 12,

Santander, ha solicitado ante la Dirección General

de Industria, de la Consejería de Industria, Turismo,

Trabajo y Comunicaciones, la autorización

administrativa y la declaración en concreto de utilidad

pública de la instalación eléctrica siguiente: "La línea

de media tensión derivación a CTI La Calderona,

comprendida en la electrificación rural de Alfoz de

Lloredo".

En cumplimiento de los trámites que establecen

los Decretos 2617/1966, de 20 de octubre, sobre

las normas para el otorgamiento de autorización

administrativa en materia de instalaciones eléctricas

y 2619/1966, de 20 de octubre, por el que se aprueba

el Reglamento sobre expropiación y sanciones en

materia de instalaciones eléctricas, que continúan

en vigor de acuerdo con lo que prevé la disposición

transitoria primera de la Ley 40/1994, de 30 de

diciembre, de Ordenación del Sistema Eléctrico

Nacional, la solicitud mencionada ha sido sometida

a un período de información pública, mediante el

anuncio publicado en el "Boletín Oficial de

Cantabria" número 24, de 4 de febrero de 2000; en

el "Boletín Oficial del Estado" número 32, de 7

de febrero de 2000, y en el periódico "Alerta", de

25 de enero de 2000.

Paralelamente al trámite de información pública,

en cumplimiento de lo que dispone el artículo 16.2

del Decreto 2619/1966, de 20 de octubre, se ha

notificado al único afectado don J. Luis Calderón

Palencia, para que pudiese formular las alegaciones

procedentes, y en cumplimiento de lo dispuesto en

el artículo 11 del mencionado Decreto 2619/1966,

de 20 de octubre, se ha notificado al Ayuntamiento

de Alfoz de Lloredo.

Dentro del plazo otorgado no se han presentado

alegaciones. Cumplidos los trámites administrativos

que dispone la Ley 40/1994; Decretos 2617/1966,

y 2619/1966, ambos de 20 de octubre, ya citados;

la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común y demás normas

de legal y vigente aplicación.

Visto que de acuerdo con lo que dispone el Real

Decreto 1903/1996, de 2 de agosto, y el Decreto

99/1996, de 26 de septiembre, la competencia para

autorizar instalaciones eléctricas provinciales

corresponde a la Dirección General de Industria.

Visto el informe favorable del servicio de energía,

resuelvo:

Primero.-Autorizar a la empresa "Electra de

Viesgo I, Sociedad Anónima", la instalación eléctrica

"LMT derivación a CTI La Calderona, comprendida

en la electrificación rural de Alfoz de Lloredo", con

las características técnicas siguientes:

Línea de media tensión número 1, derivación a

CTI La Calderona:

Tensión: 20 KV, aunque inicialmente funcionará

a 12 KV.

Longitud: 572 metros. Tipo: LA-56. Sección: 54,6

milímetros cuadrados. Apoyos metálicos: 4. Origen:

Apoyo número 32 de la línea Villapresente-Cóbreces

de "Electra de Viesgo I, Sociedad Anónima". Final:

CTI La Calderona. Situación: Término municipal

de Alfoz de Lloredo.

Segundo.-Declarar la utilidad pública de la

instalación eléctrica que se autoriza, conforme a lo

dispuesto en los artículos 52 y siguientes de la Ley

54/1997, de 27 de noviembre, que llevará implícita

en todo caso, la necesidad de ocupación o de

adquisición de los derechos afectados de los propietarios

con los que el solicitante no ha llegado a un acuerdo

e implicará su urgente ocupación a los efectos del

artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de

16 de diciembre de 1954.

Contra esta resolución, que no agota la vía

administrativa, se podrá interponer recurso de alzada

ante el Consejero de Industria, Turismo, Trabajo

y Comunicaciones del Gobierno de Cantabria en

el plazo de un mes desde el día siguiente a su

notificación de acuerdo con lo establecido en los

artículos 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999,

de 13 de enero.

Santander, 8 de marzo de 2000.-El Director

general de Industria, Pedro Obregón Cagigas.-17.614.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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