Con fecha 2 de marzo de 2001 el excelentísimo
señor Ministro de Fomento, con firma delegada en
el excelentísimo señor Secretario de Estado de
Infraestructuras (Resolución Delegación de
Atribuciones de 30 de mayo de 1996), ha resuelto lo
siguiente:
"Visto el informe de la Dirección General de
Carreteras, de 2 de marzo de 2001, sobre el estudio
informativo de referencia resuelvo:
1.o) Declarar que el expediente reseñado cumple
con lo preceptuado en el artículo 3.2 del Real
Decreto Legislativo 1302/1986, de 30 de junio, sobre
Evaluación de Impacto Ambiental y en los
artículos 32, 33, 34 y 35, del vigente Reglamento de
Carreteras (182/1994 de 2 de septiembre).
2.o) Aprobar el expediente de información
pública y definitivamente el estudio informativo de
clave EI.2-LO-08 seleccionando como alternativa
a desarrollar en los proyectos sucesivos la
denominada alternativa 4, consistente en desdoblamiento
o autovía de nuevo trazado en los tres primeros
tramos (Navarrete-Santo Domingo), y
acondicionamiento de la carretera existente en el último tramo
(Santo Domingo-Grañón). El presupuesto de
ejecución por contrata es de 16.951,1 Mptas.
3.o) Que en los documentos que desarrollen la
alternativa seleccionada se tendrán en cuenta las
prescripciones siguientes:
3.1 Las establecidas en la Declaración de
Impacto Ambiental de fecha 23 de enero de 2001
(publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de 15
de febrero).
3.2 Se realizará la reposición de caminos y
servicios afectados de acuerdo con los Ayuntamientos
y Cámaras Agrarias."
De acuerdo con el artículo 109.C de la
Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, esta Resolución pone fin
a la vía administrativa.
Logroño, 11 de abril de 2001.-El Ingeniero Jefe,
J. Enrique García Garrido.-18.440.
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