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Documento BOE-B-2001-107102

Resolución de la Dirección General de Industria de la Consejería de Industria, Turismo, Trabajo y Comunicaciones por la que se convoca para el levantamiento de actas previas a la ocupación a los titulares de determinadas fincas afectadas por las instalaciones correspondientes al proyecto "Ramal Gajano-Treto".

Publicado en:
«BOE» núm. 107, de 4 de mayo de 2001, páginas 5165 a 5165 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cantabria
Referencia:
BOE-B-2001-107102

TEXTO

Por Resolución de esta Dirección General de

Industria de fecha 14 de noviembre de 2000, fueron

autorizadas y declaradas de utilidad pública las

instalaciones correspondientes al proyecto "Ramal

Gajano-Treto", confirmada por Resoluciones del

Consejero de Industria, Turismo, Trabajo y

Comunicaciones de fechas 27 de febrero, 2, 13 y 28 de

marzo de 2001, que discurre por los términos

municipales de Medio Cudeyo, Marina de Cudeyo,

Ribamontán al Mar, Bareyo, Meruelo, Arnuero,

Escalante y Bárcena de Cicero.

Dicha declaración de utilidad pública, conforme

a lo dispuesto en el artículo 105 de la Ley 34/1998,

de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, lleva

implícita la necesidad de ocupación de los bienes

o de adquisición de los derechos afectados e implica

la urgente ocupación a los efectos del artículo 52

de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de

diciembre de 1954, por lo que procede la iniciación del

expediente expropiatorio.

En su virtud, esta Dirección General, en

cumplimiento de lo dispuesto en el mencionado artículo

52 de la Ley de Expropiación Forzosa, ha resuelto

convocar a los titulares de bienes y derechos

afectados para que comparezcan en los Ayuntamientos

donde radican las fincas afectadas, como punto de

reunión para, de conformidad con el procedimiento

que establece el precitado artículo, llevar a cabo

el levantamiento de las actas previas a la ocupación

y, si procediera, el de las de ocupación definitiva.

Todos los interesados, así como las personas que

sean titulares de cualesquiera clase de derechos e

intereses sobre los bienes afectados, deberán acudir

personalmente o representados por persona

debidamente autorizada, aportando los documentos

acreditativos de su titularidad y el último recibo

de la contribución, pudiéndose acompañar a su

costa, de sus Peritos y un Notario, si lo estiman

oportuno.

El levantamiento de actas tendrán lugar el

próximo día 16 de mayo de 2001, en el Ayuntamiento

de Marina de Cudeyo, a partir de las dieciséis treinta

horas; el día 17 de mayo de 2001, en el

Ayuntamiento de Marina de Cudeyo, a partir de las nueve

horas, y en el Ayuntamiento de Ribamontán al Mar,

a partir de las dieciséis horas; el día 18 de mayo

de 2001, en el Ayuntamiento de Ribamontán al

Mar, a partir de las nueve horas; el día 23 de mayo

de 2001, en el Ayuntamiento de Medio Cudeyo,

a partir de las nueve horas, y en el Ayuntamiento

de Ribamontán al Mar, a partir de las diez horas;

el día 24 de mayo de 2001, en el Ayuntamiento

de Ribamontán al Mar, a partir de las nueve horas;

el día 25 de mayo de 2001, en el Ayuntamiento

de Arnuero, a partir de las nueve horas; el día 28

de mayo de 2001, en el Ayuntamiento de Bareyo,

a partir de las once treinta horas; el día 29 de mayo

de 2001, en el Ayuntamiento de Meruelo, a partir

de las nueve horas; el día 30 de mayo de 2001,

en el Ayuntamiento de Escalante, a partir de las

nueve horas; el día 31 de mayo de 2001, en el

Ayuntamiento de Escalante, a partir de las nueve

horas y en el Ayuntamiento de Bárcena de Cicero,

a partir de las doce horas, y, finalmente, el día

1 de junio de 2001, en el Ayuntamiento de Bárcena

de Cicero, a partir de las nueve horas.

El orden del levantamiento de actas se comunicará

a cada interesado mediante la oportuna cédula de

citación, mediante la publicación de la relación de

convocados en el "Boletín Oficial de Cantabria"

y en los periódicos "Diario Montañés" y "Alerta",

así como su exposición en el tablón de edictos del

Ayuntamiento señalado.

Es de señalar que esta publicación se realiza,

igualmente, a los efectos que determina el artículo 59.4

de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, modificada por

la Ley 4/1999, de 13 de enero, en los casos de

titular desconocido o con domicilio ignorado.

En el expediente expropiatorio "Enagás, Sociedad

Anónima" asumirá la condición de beneficiaria.

Santander, 18 de abril de 2001.-El Director

general de Industria, Pedro Obregón Cagigas.-&20.250.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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