En uso de las atribuciones que me han sido
conferidas por las disposiciones vigentes, dispongo:
Primero.-Incoar el expediente de expropiación
forzosa de los bienes y derechos afectados por el
proyecto de construcción de colector y EDAR en
Perales de Tajuña y Tielmes (expedientes 586 y
587), en el que la entidad beneficiaria es el Canal
de Isabel II.
Segundo.-Someter a información pública durante
el plazo de quince días a los efectos previstos en
los artículos 17.1, 18 y 19 de la Ley de Expropiación
Forzosa, la relación de bienes y derechos afectados
por el mismo.
La relación de bienes y derechos afectados podrá
examinarse durante el mencionado plazo, contado
a partir del siguiente a la publicación de esta Orden
en el "Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid",
en la División de Expropiaciones del Canal de
Isabel II, calle Santa Engracia, 108, de nueve a catorce
horas, en los Ayuntamientos de Perales de Tajuña
y Tielmes.
Durante dicho período, las personas afectadas por
la expropiación y cualesquiera otras interesadas
podrán formular cuantas alegaciones estimen
oportunas, mediante escrito dirigido a la Consejería de
Justicia, Función Pública y Administración Local,
Secretaría General Técnica, Gran Vía, 18, 28013
Madrid, y presentando en la forma establecida en
el artículo 38.4 de la Ley 39/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común. De igual modo, se podrán presentar las
alegaciones que tengan por fin subsanar posibles
errores en la descripción material o legal de las
fincas afectadas.
La presente publicación se hace, asimismo, a los
efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, en cuanto a posibles
afectados desconocidos o de ignorado domicilio.
Madrid, 10 de abril de 2001.-El Consejero de
Justicia, Función Pública y Administración Local,
Carlos Mayor Oreja.-&20.972.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid