Visto el expediente tramitado en el Servicio de
Industria y Energía de esta Consejería a petición
de don Alberto Ramón Gaitán Rodríguez, en
representación de la "Empresa de Alumbrado Eléctrico
de Ceuta Distribución, Sociedad Anónima", con
domicilio en Ceuta, calle Beatriz de Silva, número
2, solicitando autorización y declaración, en
concreto, de utilidad pública para el establecimiento
de un centro de transformación y una línea eléctrica
subterránea de 15 kV, y cumplidos los trámites
reglamentarios ordenados en el capítulo III del Decreto
2617/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones
en materia de instalaciones eléctricas,
Esta Consejería, en ejercicio de las competencias
asignadas por el Decreto 2502/1996, de 5 de
diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la
Administración del Estado a la Ciudad de Ceuta
en materia de industria y energía, ha resuelto:
1.o Autorizar a la "Empresa de Alumbrado
Eléctrico de Ceuta Distribución, Sociedad Anónima"
la instalación del centro de transformación "Edificio
La Torre (Recinto Sur)" y su alimentación a 15 kV
(línea eléctrica subterránea), cuyas características
son las siguientes:
a) Lugar donde se van a establecer las
instalaciones: El centro de transformación irá situado,
a nivel de calle, en el edificio de viviendas "La
Torre", en la carretera Recinto Sur, número 9. La
línea eléctrica subterránea de 15 kV enlazará los
centros de transformación "Sector Central",
"Edificio La Torre (Recinto Sur)" y "Centro de Salud
número 1".
b) Número de transformadores: El centro de
transformación irá dotado de dos transformadores
trifásicos refrigerados por aceite, de hasta 630 kVA
para transformación de 15.000 V a 380/220 V.
c) Línea eléctrica de alimentación al centro de
transformación: Subterránea, de 15 kV, constituida
por conductores de cobre, dividida en los cuatro
tramos siguientes: 1. CT "Sector Central"-CT a
proyectar. Longitud: 60 metros. Tipo de cable y
sección: RHVFAZ1 (entubado), de 3 ^ (1 ^ 150
milímetros cuadrados). 2. CT a proyectar-CT
"Edificio La Torre (Recinto Sur)". Longitud: 228
metros. Tipo de cable y sección: RHVFAZ1
(entubado), de 3 ^ (1 ^ 150 milímetros cuadrados).
3. CT "Edificio La Torre (Recinto Sur)"-cámara
de empalmes. Longitud: 68 metros. Tipo de cable
y sección: RHVFAZ1 (entubado), de 3 ^ (1 ^ 150
milímetros cuadrados). 4. Cámara de
empalmes-CS "Centro de Salud número 1". Longitud: 120
metros. Tipo de cable y sección: NHEKBY
(enterrado), de 1 ^ (3 ^ 50 milímetros cuadrados).
d) Finalidad de las instalaciones:
Centro de transformación: Dotar de energía
eléctrica en baja tensión al edificio "La Torre" y a otras
construcciones (presentes o futuras) situadas en sus
proximidades.
Línea eléctrica: Alimentar al centro de
transformación.
2.o Declarar, en concreto, la utilidad pública de
las instalaciones eléctricas que se autorizan, a los
efectos señalados en la Ley 10/1966, sobre
expropiación forzosa y sanciones en materia de
instalaciones eléctricas y su Reglamento de aplicación
de 20 de octubre de 1966.
Contra la presente Resolución, que no agota la
vía administrativa, cabe interponer recurso ordinario
ante el excelentísimo señor Consejero de Economía
y Empleo de la Ciudad Autónoma de Ceuta, en
el plazo de un mes, de conformidad con lo dispuesto
en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
Ceuta, 3 de abril de 2001.-La Viceconsejera de
Industria, Comercio, Pesca y PYMES, Carolina
Pérez Gómez.-&19.680.
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