Contido non dispoñible en galego
De conformidad con lo dispuesto en el artículo
59.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, la Dirección General de
Políticas Sectoriales notifica a los interesados que
a continuación se relacionan, titulares de
expedientes de beneficios de grandes áreas de expansión
industrial o de incentivos regionales, las
comunicaciones que han resultado infructuosas en los
domicilios que figuran en los correspondientes
expedientes, como consecuencia de notificaciones de inicios
de procedimientos de incumplimiento de
condiciones de la resolución individual de concesión, o de
acuerdos de declaración de incumplimiento de
condiciones:
A) Notificaciones de inicio de expedientes de
incumplimiento de condiciones en expedientes de
incentivos regionales:
Titular: "Guimanher, Sociedad Anónima".
Número de expediente: LU/202/P05 (E.I. 21/01). Fecha
inicio expediente de incumplimiento: 13 de marzo
de 2001. Fecha resolución individual: 10 de
diciembre de 1996. Condiciones incumplidas: Obligaciones
fiscales, obligaciones frente a la Seguridad Social,
inversión, empleo y fondos propios.
Titular: "Pizarras Peñaflor, Sociedad Anónima".
Número de expediente: LE/251/P07 (E.I. 115/00).
Fecha de inicio de expediente de incumplimiento:
22 de marzo de 2001. Fecha resolución individual:
29 de julio de 1993. Condiciones incumplidas:
Obligaciones fiscales, obligaciones frente a la Seguridad
Social, inversión, empleo y fondos propios.
Titular: "Promotora Azudense, Socieda Limitada".
Número de expediente: GU/113/P03 (E.I. 149/00).
Fecha de inicio de expediente de incumplimiento:
13 de marzo de 2001. Fecha resolución individual:
22 de junio de 1998. Condiciones incumplidas:
Empleo y fondos propios.
Titular: "Cocinas Melilla, Sociedad Limitada".
Número de expediente: ML/16/P09 (E.I. 89/00).
Fecha de inicio de expediente de incumplimiento:
26 de diciembre de 2000. Fecha de resolución
individual: 11 de enero de 1996. Condiciones
incumplidas: Obligaciones fiscales, obligaciones frente a
la Seguridad Social, inversión y empleo.
Asimismo, se comunica a las empresas citadas
anteriormente que los expedientes están a su
disposición en la Dirección General de Políticas
Sectoriales, paseo de la Castellana, 162, planta 21, de
Madrid, previa petición de hora al teléfono
91 583 51 52, de lunes a viernes, de nueve a catorce
horas, y se les concede un plazo de quince días
para que aleguen y presenten los documentos y
justificantes que estimen pertinentes a su derecho.
B) Notificación de acuerdo de declaración de
incumplimiento de condiciones en expediente de
grandes áreas de expansión industrial.
Titular: José Luis Sánchez Rodríguez. Número
de expediente: AG/2434 (A.I. 1/00).
Por acuerdo de la Comisión Delegada del
Gobierno para Asuntos Económicos de 1 de marzo de
2001 se resolvió declarar el incumplimiento de
condiciones, entre otros, del expediente que figura en
este apartado, según se dispone en la parte
dispositiva de dicho acuerdo, que se reproduce a
continuación:
"Resuelve declarar el incumplimiento de
condiciones de los expedientes de beneficios, otorgados
a las empresas relacionadas en el anexo de este
acuerdo, por no haber acreditado la totalidad de
las condiciones fijadas para su disfrute. En
consecuencia, se modifica el importe de las
subvenciones concedidas en proporción al alcance del
incumplimiento, quedando obligadas dichas
empresas a reintegrar al Tesoro Público las cantidades
que han percibido indebidamente, junto con los
intereses correspondientes, así como a reintegrar, en
su caso, el resto de los beneficios concedidos que
hayan disfrutado. En el caso de que resulten
derechos económicos a favor de las empresas, previo
al pago de cantidad alguna por subvención deberá
comprobarse que los mismos no han prescrito, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de
la Ley General Presupuestaria."
Asimismo, se señala que contra el citado acuerdo,
que pone fin a la vía administrativa, la empresa
podrá interponer, alternativamente, recurso
potestativo de reposición ante la Comisión Delegada del
Gobierno para Asuntos Económicos dentro del
plazo de un mes, contado desde el siguiente día al
de su notificación, o bien interponer directamente
recurso contencioso-administrativo ante la Sala de
lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Supremo en el plazo de dos meses a contar desde el
día siguiente al de la notificación del mismo.
Madrid, 23 de abril de 2001.-El Subdirector
general de Inspección y Control, Rafael Cortés
Sánchez.-20.156.
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