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Documento BOE-B-2001-122206

UNIÓN DE MUTUAS

Publicado en:
«BOE» núm. 122, de 22 de mayo de 2001, páginas 5812 a 5812 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2001-122206

TEXTO

De conformidad con lo establecido en los

artículos 21, 26.a), 27 y 29.4.a) de los Estatutos

sociales, se convoca a usted a la Junta general

extraordinaria que tendrá lugar el 4 de julio de 2001, en

el salón de actos del domicilio social de la Mutua,

sito en la localidad de Segorbe (Castellón), plaza

General Giménez Salas, 2, a las trece horas, en

primera convocatoria, y a las trece treinta horas,

en segunda convocatoria, con arreglo al siguiente

Orden del día

Primero.-Reforma de los Estatutos sociales.

Desarrollo de los mismos como consecuencia de

la Resolución de 10 de mayo de 2000, de la

Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social,

y del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de

agosto.

Segundo.-Nombramiento de Interventores para

la aprobación del acta.

Confiando en su asistencia y rogándole máxima

puntualidad.

Condiciones aplicables para la acreditación

de la legitimación

Tienen derecho a asistir a la Junta general todos

los empresarios asociados con convenio de

asociación vigente a la fecha de celebración de la misma,

si bien sólo tendrán derecho de voto aquellos que

estén al corriente en el cumplimiento de sus

obligaciones sociales.

El derecho de asistencia se acreditará por la

inserción del asociado en el Registro de empresas

asociadas, como titular del convenio de asociación

vigente a la fecha de la Junta. El derecho de voto,

por los datos obrantes en la Mutua respecto al

cumplimiento de las obligaciones sociales.

Tanto la legitimación para asistir a las Junta

generales como la situación de estar al corriente en el

cumplimiento de las obligaciones sociales podrán

acreditarse mediante exhibición del documento de

asociación o, en su caso, del documento de

proposición de asociación, así como de los documentos

relativos a tales extremos, expedido por los Servicios

de Tesorería General de la Seguridad Social.

La personalidad de las personas físicas, ya actúen

en su nombre o en virtud de representación, se

acreditará mediante la exhibición del documento

nacional de identidad o, en el supuesto de

extranjeros, del permiso de residencia o pasaporte. La

representación de las personas jurídicas podrá

acreditarse mediante la exhibición del documento en

el que conste la atribución de las facultades por

las que actúa o, en el caso de que conste su ejercicio

en el documento de asociación o de proposición

de asociación, mediante exhibición de los mismos.

La representación podrá otorgarse a favor de otro

empresario asociado y se formalizará por escrito

firmado por el asociado, su representante o

Apoderado con facultades suficientes, especificándose

la convocatoria de que se trate y las instrucciones

para el ejercicio del derecho de voto. Ningún

asociado podrá ostentar la representación en ninguna

forma de más de cinco asociados.

Con una antelación de cuatro días al día de

celebración de la Junta general, deberán depositarse

en el domicilio social de la Mutua las

representaciones y votos delegados, con el fin de

confeccionar la lista provisional de asociados que van a

estar presentes y representados, después de

comprobar si están al corriente de sus obligaciones.

Segorbe, abril de 2001.-El Presidente de la Junta

directiva, José Peris Goterris.-23.387.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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