Se comunica a los partícipes del fondo
Tecnifondo FIM que se ha obtenido de la Dirección
General de Tesoro y Política Financiera autorización para
modificar el Reglamento de Gestión del fondo,
mediante un texto refundido al objeto de, entre otros,
elevar el límite máximo de las comisiones de gestión,
depositario, suscripción y reembolso, incluir la
posibilidad de incluir descuentos a favor del fondo en
las suscripciones y reembolsos, adaptar la operativa
con instrumentos financieros derivados a la
normativa vigente y cambiar el valor liquidativo
aplicable a suscripciones y reembolsos, que pasará a
ser el del mismo día de la fecha de la solicitud.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo
35.2 del Real Decreto 1393/1990, estas
modificaciones confieren a los partícipes un derecho de
separación, quienes podrán optar, en el plazo de un
mes desde la fecha de remisión de las
comunicaciones o desde la fecha de publicación en el "Boletín
Oficial del Estado" del presente anuncio, si ésta
fuera posterior, por el reembolso de sus
participaciones sin deducción de comisión ni gasto alguno,
por el valor liquidativo que corresponda a la fecha
de inscripción de la correspondiente modificación
en los Registros de la CNMV.
Madrid, 16 de mayo de 2001.-El Secretario del
Consejo de Administración.-25.733.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid