Al no haberse podido practicar la notificación
personal a don Jesús Mariano Pinedo Albiz, con
NIF 13.286.553-M; don Guillermo López Sánchez,
con NIF 48.491.619-N; don José Antonio Pardo
García, con NIF 74.653.708-D; doña María
González Ferro, con NIF 76.821.794-T; doña Natividad
García Jiménez, con NIF 47.058.861-X; don Rafael
Cabrerizo Keil, con NIF 41.449.328-Q; doña Alicia
Andrade Martín, con NIF 25.666.193-X; don Juan
Antonio Ramos Lobato, con NIF 25.333.870-Z;
don Jaime Pérez Gutiérrez, con NIF 28.910.877-S;
doña Inés Moreno Palma, con NIF 27.336.904-R;
don Santiago Villa Campo, con NIF 71.645.377-D
conforme dispone el artículo 59 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en su redacción dada por
la Ley 4/1999, a efectos de notificación al
inte
resado, y en aplicación de lo dispuesto en el mismo
artículo y en el segundo párrafo del artículo 60.2
de la Ley 30/1992, debe publicarse como
encabezamiento y parte dispositiva de las resoluciones
el siguiente extracto:
El Director general de Formación Profesional y
Promoción Educativa ha resuelto la desestimación
del recurso de reposición interpuesto por don Jesús
Mariano Pinedo Albiz, con NIF 13.286.553-M; don
Guillermo López Sánchez, con NIF 48.491.619-N;
don José Antonio Pardo García, con NIF
74.653.708-D; doña María González Ferro, con
NIF 76.821.794-T; doña Natividad García Jiménez,
con NIF 47.058.861-X; don Rafael Cabrerizo Keil,
con NIF 41.449.328-Q; doña Alicia Andrade
Martín, con NIF 25.666.193-X; don Juan Antonio
Ramos Lobato con NIF 25.333.870-Z; don Jaime
Pérez Gutiérrez, con NIF 28.910.877-S; doña Inés
Moreno Palma, con NIF 27.336.904-R; don
Santiago Villa Campo, con NIF 71.645.377-D.
Los expedientes se encuentran a disposición de
los interesados en la Subdirección General de Becas
y Promoción Educativa (Servicio de Reclamaciones,
Verificación y Control, teléfono 91408 20 00, calle
Torrelaguna, 58, 28027 Madrid).
Esta resolución es definitiva en la vía
administrativa, y contra la misma cabe interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional,
conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y el
artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio,
del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley
Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de
dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha
de su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en
el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Madrid, 11 de mayo de 2001.-El Director general
de Cooperación Territorial y Alta Inspección, Juan
Ángel España Talón.-24.999.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid