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Documento BOE-B-2001-136110

Resolución del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales sobre notificación iniciación expediente 37/01, "Casa de la Cultura", de Almonte (Huelva).

Publicado en:
«BOE» núm. 136, de 7 de junio de 2001, páginas 6489 a 6489 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-B-2001-136110

TEXTO

Notificación a la empresa "Equipo de Cine

Distribuidora Cinematográfica Andaluza, Sociedad

Limitada", titular del cinematógrafo "Casa de la

Cultura", de Almonte (Huelva), de la inciación de

expediente, de fecha 10 de abril de 2001, correspondiente

al expediente sancionador número 37/01, por

infracción de la normativa que regula la actividad de

exhibición cinematográfica, que se hace por este medio

por haberse intentado sin efecto la notificación

ordinaria del mismo al último domicilio conocido, que

es calle García de Tassara, 4, Sevilla.

La parte sustancial de la iniciación de expediente

reza como sigue:

"Primero.-Utilizar un billetaje para el acceso a

la sala que no se ajusta a las características

legalmente establecidas para el mismo.

Segundo.-No acreditar haber cumplimentado las

declaraciones semanales de exhibición de películas.

Tercero.-La empresa que desarrolla la actividad

en la sala inspeccionada no figura inscrita en el

Registro de Empresas Cinematográficas del ICAA."

Los referidos hechos constituyen presunta

infracción a lo dispuesto en los apartados 6.o, 9.o y 5.o de

la Orden de 7 de julio de 1997 ("Boletín Oficial

del Estado" del 14), por la que se dictan normas

de aplicación del Real Decreto 81/1997, de 24 de

enero, en relación con los artículos 12, 13 y 11,

respectivamente, del citado Real Decreto 81/1997,

de 24 de enero ("Boletín Oficial del Estado" de

22 de febrero), por el que se desarrolla parcialmente

la Ley 17/1994, de 8 de junio, de Protección y

Fomento de la Cinematografía.

Y podrán ser sancionados, como falta leve, con

multa de hasta 175.000 pesetas, por el ilustrísimo

señor Director general de este Instituto, conforme

a lo dispuesto en la Ley 17/1994, de 8 de junio,

de Protección y Fomento de la Cinematografía

("Boletín Oficial del Estado" del 10), y Real Decreto

81/1997, de 24 de enero ("Boletín Oficial del

Estado" de 22 de febrero), que desarrolla parcialmente

la anterior.

Asimismo, se le comunica que el plazo máximo

para resolver, en su caso, el presente expediente

y notificar la resolución adoptada será de seis meses

a partir de la fecha en que se le notifique el presente

acuerdo de iniciación del procedimiento.

El presente escrito deberá ser contestado en el

plazo improrrogable de los quince días hábiles

siguientes al de su recepción, mediante escrito

dirigido al ilustrísimo señor Director general del

Instituto de la Cinematografía y de las Artes

Audivisuales (Ministerio de Educación y Cultura, plaza

del Rey, 1, 28071 Madrid), alegando y probando

cuanto estime conveniente en su derecho,

advirtiéndole que, caso de no hacerlo, este acuerdo será

considerado propuesta de resolución según establece

el artículo 13.2 del Real Decreto 1398/1993, de

4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento

del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad

Sancionadora ("Boletín Oficial del Estado" del 9).

Lo que se notifica en cumplimiento y a los efectos

previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común (LRJPA), significando que

el texto íntegro de la citada iniciación de expediente

y documentación aneja se encuentra archivado en

la Secretaría General de este organismo, Sección

de Instrucción de Expedientes del Servicio de

Inspección y Sanciones, plaza del Rey, número 1, en

Madrid.

Madrid, 22 de mayo de 2001.-La Secretaria

general, Milagros Mendoza Andrade.-28.260.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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