El Consejo de Administración de la Autoridad
Portuaria de Valencia, en la sesión celebrada el 8
de marzo de 2001, a propuesta de la Dirección,
acordó lo siguiente:
1.o Acomodar, de conformidad con la
legislación vigente, el título concesional que rige en la
Terminal Pública de Contenedores del Puerto de
Valencia, otorgada en concesión administrativa a
"Marítima Valenciana, Sociedad Anónima",
mediante la inclusión de la siguiente cláusula
adicional: El contrato podrá ser prorrogado por la
Autoridad Portuaria de Valencia, a requerimiento del
adjudicatario, siempre que se den las circunstancia
contempladas en el artículo 54.6 de la vigente Ley
de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
2.o Autorizar a "Marítima Valenciana, Sociedad
Anónima", la ocupación de los terrenos afectados
por el Muelle de Costa, cuya entrega se efectuará
en dos fases, estando supeditada la entrega de los
terrenos a la entrega por "Marítima Valenciana,
Sociedad Anónima" del Muelle de Fangos en una
longitud y superficie de características similares a
los que ahora se autorizan y al mismo tiempo,
prorrogar el plazo concesional establecido en el
contrato suscrito para la explotación de la Terminal
Pública de Contenedores del Puerto de Valencia,
en un período adicional tal, que a partir de la fecha
de la presente resolución, el plazo de vigencia pasa
a ser de treinta años.
Valencia, 9 de marzo de 2001.-El Presidente,
Rafael del Moral Carro.-El Secretario del Consejo
de Administración, Fernando Llopis Giner.-31.946.
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