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Documento BOE-B-2001-141078

Orden número 740/01, de 27 de abril, de la Consejería de Justicia, Función Pública y Administración Local, por la que se somete a información pública, a los efectos de los artículos 17.1, 18 y 19 de la Ley de Expropiación Forzosa, la relación de bienes y derechos afectados por el proyecto de construcción del colector y E.D.A.R. Piñuecar y Gandullas (exp. 556 y 557), en el término municipal de Piñuecar y Gandullas.

Publicado en:
«BOE» núm. 141, de 13 de junio de 2001, páginas 6680 a 6680 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad de Madrid
Referencia:
BOE-B-2001-141078

TEXTO

En uso de las atribuciones que me han sido

conferidas por las disposiciones vigentes, dispongo:

Primero.-Incoar el expediente de expropiación

forzosa de los bienes y derechos afectados por el

proyecto de construcción de colector y E.D.A.R.

de Piñuecar y Gandullas, en los términos

municipales de Piñuecar y Gandullas, en el que la entidad

beneficiaria es el Canal de Isabel II.

Segundo.-Someter a información pública durante

el plazo de quince días, a los efectos previstos en

los artículos 17.1, 18 y 19 de la Ley de Expropiación

Forzosa, la relación de bienes y derechos afectados

por el mismo.

La relación de bienes y derechos afectados, podrá

examinarse durante el mencionado plazo, contado

a partir del siguiente a la publicación de esta Orden

en el "Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid",

en la División de Expropiaciones del Canal de

Isabel II, calle de Santa Engracia, 108, de nueve a

catorce horas, y en el Ayuntamiento de Piñuecar

y Gandullas.

Durante dicho período, las personas afectadas por

la expropiación y cualesquiera otras interesadas,

podrán formular cuantas alegaciones estimen

oportunas, mediante escrito dirigido a la Consejería de

Justicia, Función Pública y Administración Local,

Secretaría General Técnica, calle Gran Vía, 18,

28013 Madrid, y presentando en la forma

establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

De igual modo, se podrán presentar alegaciones

que tengan por fin subsanar posibles errores en la

descripción material o legal de las fincas afectadas.

La presente publicación se hace, asimismo, a los

efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, en cuanto a posibles

afectados desconocidos o de ignorado domicilio.

Madrid, 3 de mayo de 2001.-El Consejero de

Justicia, Función Pública y Administración Local,

Carlos Mayor Oreja.-33.031.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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