Resolución del Tribunal
Económico-Administrativo Central, Vocalía Segunda, sobre notificación
a "Edificio Tarragona, número 105, Sociedad
Anónima", en el expediente de R.G. 5271-97, por
aplicación de lo dispuesto en el artículo 86 del
Reglamento de Procedimiento en las Reclamaciones
Económico-Administrativas.
Al no haberse podido practicar en el domicilio
que consta en las actuaciones según comunica el
Servicio de Correos, por el presente se notifica a
"Edificio Tarragona, número 105, Sociedad
Anónima", por el Tribunal Económico-Administrativo
Central y en el expediente de R.G. 5271-97, seguido
a su instancia por el Impuesto de Sociedades se
ha dictado Resolución en la Sesión del día 27 de
abril de 2001, cuya parte dispositiva dice lo siguiente:
"Este Tribunal Económico-Administrativo
Central, en Sala, en el recurso de alzada interpuesto
ante este Tribunal Económico-Administrativo
Central, interpuesto por don José Miquel Barbara, en
nombre y representación de "Edificio Tarragona,
número 105, Sociedad Anónima", con domicilio
a efectos de notificaciones en Barcelona, plaza
Eusebio Güell, números 11-13, contra la Resolución del
Tribunal Económico-Administrativo Regional de
Cataluña, de 2 de abril de 1997, número de
expediente 8868/94, relativa al Impuesto sobre
Sociedades, ejercicio 1990, y cuantía de 1.461.142.368
pesetas (8.781.642,49 euros), acuerda: Desestimar
la presente alzada y confirmar la resolución
impugnada."
Lo que notifico reglamentariamente a usted,
advirtiéndole que contra esta Resolución definitiva en
vía económico-administrativa puede interponer
recurso contencioso-administrativo ante la Sala de
lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia
Nacional en el plazo de dos meses, a contar del
día siguiente a la fecha de esta notificación.
Madrid, 21 de mayo de 2001.-El Vocal de la
Sección, Francisco Eiroa Villarnovo.-&31.674.
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