Notificación a la empresa "Cine Neptuno,
Sociedad Limitada", titular del cinematógrafo "Neptuno",
de Cullera (Valencia), de la iniciación de expediente
de fecha 19 de abril de 2001, correspondiente al
expediente sancionador número 45/01, por
infracción de la normativa que regula la actividad de
exhibición cinematográfica, que se hace por este medio,
por haberse intentado sin efecto la notificación
ordinaria del mismo al último domicilio conocido, que
es, calle Velázquez, 3, 46400 Cullera (Valencia).
La parte sustancial de la iniciación de expediente
reza como sigue:
Único.-No cumplimentar debidamente los
impresos-declaración semanales de exhibición, toda vez
que en el correspondiente a la semana once del
año en curso, los datos que figuran en el día 16
de marzo relativos a la numeración de los billetes
vendidos no se corresponde con la numeración de
la parte de los mismos reservada al control del citado
día.
Los referidos hechos constituyen presunta
infracción a lo dispuesto en los apartados sexto y noveno
de la Orden de 7 de julio de 1997 ("Boletín Oficial
del Estado" del 14), por la que se dictan normas
de aplicación del Real Decreto 81/1997, de 24 de
enero, en relación con los artículos duodécimo y
decimotercero del citado Real Decreto 81/1997, de
24 de enero ("Boletín Oficial del Estado" de 22
de febrero) por el que se desarrolla parcialmente
la Ley 17/1994, de 8 de junio, de Protección y
Fomento de la Cinematografía.
Y podrían ser sancionados, como falta leve, con
multa de hasta 150.000 pesetas por el Director
general de este Instituto, conforme a lo dispuesto en
la Ley 17/1994, de 8 de junio, de Protección y
Fomento de la Cinematografía ("Boletín Oficial del
Estado" del 10) y Real Decreto 81/1997, de 24
de enero ("Boletín Oficial del Estado" de 22 de
febrero), que desarrolla parcialmente la anterior.
Asimismo se le comunica que el plazo para
resolver, en su caso, el presente expediente, y notificar
la resolución adoptada será de seis meses a partir
de la fecha en que se le notifique el presente acuerdo
de iniciación del procedimiento.
El presente escrito deberá ser contestado en el
plazo improrrogable de los quince días hábiles
siguientes al de su recepción, mediante escrito
dirigido al Ilmo. Sr. Director general del Instituto de
la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales
(Ministerio de Educación y Cultura, plaza del Rey, 1,
28071 Madrid), alegando y probando cuanto estime
conveniente en su derecho, advirtiéndole que caso
de no hacerlo, este Acuerdo será considerado
propuesta de resolución según establece el artículo 13.2
del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por
el que se aprueba el Reglamento del procedimiento
para el ejercicio de la potestad sancionadora
("Boletín Oficial del Estado" del 9).
Lo que se notifica en cumplimiento y a los efectos
previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común (LRJPAC), significando que
el texto íntegro de la citada iniciación de expediente
y documentación aneja se encuentra archivado en
la Secretaría General de este Organismo, Sección
de Instrucción de Expedientes del Servicio de
Inspección y Sanciones, plaza del Rey, número 1, en
Madrid.
Madrid, 5 de junio de 2001.-La Secretaria
general, Milagros Mendoza Andrade.-32.982.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid