Notificación a "Grupo Familiar, Sociedad
Anónima", de fallo dictado por el Tribunal Económico
Administrativo Central, en el expediente R. G.
7868-97, Protocolo 93/01, por aplicación de lo
dispuesto en el artículo 86 del Reglamento de
Procedimiento en las Reclamaciones
EconómicoAdministrativas.
Al no haberse podido practicar en el domicilio
que consta en las actuaciones, por el presente se
notifica a "Grupo Familiar, Sociedad Anónima" que,
por el Tribunal Económico Administrativo Central
y en el expediente R. G. 7868-97, Protocolo 93/01,
seguido a su instancia, por el Impuesto de
Sociedades, se ha dictado resolución en sesión del día
9 de marzo de 2001, cuya parte dispositiva dice
lo siguiente:
"Este Tribunal Económico Administrativo
Central, en Sala, acuerda: 1.o Declarar inadmisible la
cuestión incidental planteada por la sociedad, al no
revestir la misma dicho carácter; 2.o Declarar
inadmisible por extemporáneo el presente recurso de
alzada."
Lo que se notifica, indicando que, contra el
referido fallo, podrá el interesado interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional,
dentro del plazo de dos meses, contados desde el
día siguiente al de la publicación del presente
anuncio.
Madrid, 1 de junio de 2001.-El Vocal Jefe de
la Sección, Antonio Fernández Cuevas.-33.420.
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