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Documento BOE-B-2001-15083

Resolución del Plenario del Consejo Municipal de Barcelona, de fecha 24 de noviembre de 2000, por la que se acuerda declarar válido el procedimiento de licitación del concurso restringido para la concesión administrativa de la ejecución, por el sistema de expropiación, de la unidad de actuación 13 del Plan especial de reforma interior Diagonal-Poblenou (expediente 98g41).

Publicado en:
«BOE» núm. 15, de 17 de enero de 2001, páginas 662 a 662 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - A. Subastas y concursos de obras y servicios
Departamento:
Administración Local
Referencia:
BOE-B-2001-15083

TEXTO

"Declarar válido el procedimiento de licitación

del concurso restringido para la concesión

administrativa de la ejecución, por el sistema de

expropiación, de la unidad de actuación 13 del Plan

especial de reforma interior Diagonal-Poblenou.

Adjudicar la mencionada concesión a la compañía

mercantil "Promotora Catalunya Mediterránea,

Sociedad Anónima", por un período máximo de

cuarenta y ocho meses a partir de la fecha de

formalización del contrato en base a lo indicado en

el pliego de cláusulas particulares que rigen tal

concesión, y por el canon de 341.904.000 pesetas

(2.504.884,41 euros).

Declarar a la compañía mercantil "Promotora

Catalunya Mediterránea, Sociedad Anónima"

beneficiaria de las expropiaciones necesarias para

ejecutar la mencionada unidad de actuación.

Requerir a la mencionada sociedad mercantil para

que en el plazo de quince días hábiles a contar

desde la recepción de la notificación de esta

adjudicación:

1. Presente documento acreditativo de haber

constituido en la Caja del Instituto Municipal de

Urbanismo la garantía definitiva de 341.904.000

pesetas (2.504.884,42 euros).

2. Presente documento acreditativo de haber

constituido en la Caja del Instituto Municipal de

Urbanismo la garantía especial y complementaria

prevista en la cláusula 34 del pliego, ascendente

a la cantidad de 1.848.811.250 pesetas

(11.111.579,39 euros).

3. Presente documento acreditativo de haber

ingresado en la Tesorería del Ayuntamiento la

cantidad de 170.952.000 pesetas (1.027.442,21 euros),

cantidad correspondiente al 50 por 100 del canon,

de conformidad con el apartado 1 de la cláusula

9 del pliego.

Requerir, asimismo, a la sociedad mercantil

adjudicataria para que en el plazo de un mes, contado

a partir de la recepción de la notificación de esta

adjudicación, presente en el Instituto Municipal de

Urbanismo el programa de trabajo y plan de

información al ciudadano a que se refiere el apartado 3

de la cláusula 10 del pliego de prescripciones

técnicas particulares, y comparezca su legal

representante a la formalización del contrato el día y hora

que a tal efecto se señale.

Facultar al ilustrísimo señor don Antonio

Santiburcio Moreno, Segundo Teniente de Alcalde,

Regidor Presidente de la Comisión de Política de

Suelo y Vivienda y Presidente del Instituto

Municipal de Urbanismo, para la firma del contrato."

Contra este acuerdo, que agota la vía

administrativa, se puede interponer recurso potestativo de

reposición ante el órgano que lo ha adoptado en

el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente

al de la recepción de la presente notificación, o

se puede interponer recurso

contencioso-administrativo ante la Sala de lo

Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña

en el plazo de dos meses, contados desde el día

siguiente de la presente notificación.

Contra la resolución expresa del recurso

potestativo de reposición se podrá interponer recurso

contencioso-administrativo ante la Sala de lo

Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de

Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses, a contar

desde el día siguiente a su notificación.

Contra la desestimación tácita del recurso

potestativo de reposición, que se entenderá producida

una vez transcurrido un mes, contado desde el día

siguiente al de su interposición sin que se haya

notificado resolución expresa, se puede interponer

recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo

Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior

de Justicia de Cataluña en el plazo de seis meses,

a contar desde el día siguiente al que se haya

producido la desestimación tácita.

No obstante, se puede interponer cualquier otro

recurso que se considere conveniente.

Se le comunica a los efectos oportunos.

Barcelona, 30 de noviembre de 2000.-El

Secretario general, Francesc Lliset i Borrell.-907.

ANÁLISIS

Tipo:
Adjudicación Concurso de Gestión de Servicios Públicos
Ámbito geográfico:
Cataluña
Materias:
220 Gestión de inmuebles, instalaciones y actividades, 236 Servicios inmobiliarios,

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