De conformidad con lo dispuesto en el artículo
cuarto, apartados 3 y 4, de la Ley Orgánica 11/1985,
de 2 de agosto, de Libertad Sindical ("Boletín Oficial
del Estado" número 189, del 8), y en las
disposiciones concordantes de la Ley 19/1977, de 1 de
abril, sobre Regulación del Derecho de Asociación
Sindical y Empresarial ("Boletín Oficial del Estado"
número 80, del 4), y del Real Decreto 873/1977,
de 22 de abril, sobre depósito de los estatutos de
las organizaciones constituidas al amparo de la Ley
19/1977 citada ("Boletín Oficial del Estado" número
101 de 28 de abril), se hace público:
Que el día 25 de mayo de 2001, fue presentado,
con el número 5213-3654-6624, de entrada de
documentos, escrito de solicitud de depósito de los
Acuerdos de disolución y liquidación, de la
asociación patronal denominada "Federación
Empresarial de la Industria Eléctrica", código de
identificación fiscal G-28500353, número de expediente
de depósito 442, domiciliada en la calle Francisco
Gervás, 3, 28020 de Madrid, acompañado de
certificación del acta de la Asamblea general, celebrada
el día 24 de junio de 2000 en la que se adoptó
el acuerdo de apertura del proceso de disolución
y del acta de la Asamblea general de 8 de mayo
de 2001, en la que se acordó la liquidación, siendo
firmantes y otorgantes del acta de liquidación, don
Pascual Sala Atienza, Secretario general, con el visto
bueno del Presidente, don José María Amusátegui
de la Cierva. Habida cuenta que la documentación
así presentada cumple con todos los requisitos
legales establecidos por las citadas normas; esta oficina
pública acuerda:
Admitir el depósito de los Acuerdos de disolución
y liquidación, y disponer la publicación en el
"Boletín Oficial del Estado" y, en consecuencia, queda
extinguida la personalidad jurídica, procediendo a
la cancelación del expediente de depósito. Lo que
se hace público para que todo aquel que se considere
interesado pueda examinar los Acuerdos de
disolución depositados (despacho 201, calle Pío Baroja,
6, Madrid), y solicitar la declaración judicial de no
ser conforme a derecho la documentación
depositada, ante la Sala de lo Social de la Audiencia
Nacional, en virtud de lo establecido por el artículo
171 y la disposición adicional sexta del texto
refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, aprobado
por el Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de
abril ("Boletín Oficial del Estado" número 86, de
11 de abril).
Madrid, 8 de junio de 2001.-La Directora
general, P. D. (Orden de 12 de marzo de 1997, "Boletín
Oficial del Estado" del 14), la Subdirectora general
de Programación y Actuación Administrativa, María
Antonia Diego Revuelta.-34.651.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid