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Documento BOE-B-2001-158103

Resolución de la Demarcación de Costas en Cantabria sobre trámite de audiencia adicional del expediente de deslinde en el término municipal de Castro Urdiales: Modificación de la zona de servidumbre de protección en el tramo de costa comprendido entre la punto de Cotolino y la playa de Dícido (mojones 011127 a 011281).

Publicado en:
«BOE» núm. 158, de 3 de julio de 2001, páginas 7515 a 7515 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2001-158103

TEXTO

El expediente de deslinde del dominio público

marítimo-terrestre en el término municipal de Castro

Urdiales fue sometido a trámite de audiencia, de

acuerdo con el procedimiento previsto en el

artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común,

modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero.

Como consecuencia de alegaciones recibidas en

dicho trámite de audiencia, se ha ampliado la

anchura de la zona de servidumbre de protección

inicialmente propuesta en el tramo de costa

comprendido entre la punto de Cotolino y la playa de Dícido

(correspondiente a los vértices de deslinde 011127

a 011281). En consecuencia, se somete esta

modificación a trámite de audiencia adicional, para que

los afectados por la misma puedan personarse en

el expediente y, a la vista del mismo, alegar lo que

estimen oportuno en defensa de sus intereses en

un plazo de diez días, a contar desde el siguiente

a la fecha de publicación de este anuncio

(artículo 84 de la citada Ley 30/1992, modificada por

Ley 4/1999).

El expediente se encuentra a disposición de los

interesados en la Subdirección General de Gestión

del Dominio Público Marítimo-Terrestre de la

Dirección General de Costas (despacho 6.4, plaza de

San Juan de la Cruz, sin número, Madrid). Una

copia del mismo podrá ser examinada en la

Demarcación de Costas en Cantabria (calle Vargas, 53,

décima planta, Santander).

Los titulares de terrenos en este tramo de costa

no han podido ser identificados y notificados

individualmente por problemas en la actualización de

datos catastrales en la zona. Se hace esta referencia

para que, a la vista del presente anuncio (que se

practica de acuerdo con lo indicado en el

artículo 59 de la citada Ley 30/1992), toda persona que

pueda tener la condición de interesado, de acuerdo

con el artículo 31 de dicha Ley, en relación con

el tramo de costa en que se ha producido la

expresada modificación pueda hacer uso, si lo desea, de

este trámite de audiencia, anes de la resolución del

expediente.

Santander, 19 de junio de 2001.-El Jefe de la

Demarcación, José Antonio Osorio

Manso.-35.680.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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