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Documento BOE-B-2001-160108

Resolución del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audivisuales sobre expediente 172/2000, Antilla Multicines de La AntillaLepe (Huelva).

Publicado en:
«BOE» núm. 160, de 5 de julio de 2001, páginas 7635 a 7635 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-B-2001-160108

TEXTO

Notificación a la empresa "Atlántico Multicines,

Sociedad Limitada", titular del Cinematógrafo

Antilla Multicines, de La Antilla-Lepe (Huelva), de la

Resolución de 21 de mayo de 2001, recaída en

el expediente sancionador número 172/00, por

infracción de la normativa que regula la actividad

de exhibición cinematográfica.

Habiéndose intentado, sin efecto, la notificación

ordinaria a la empresa, se le comunica que, por

el ilustrísimo señor Director general de este

Instituto, se ha dictado Resolución de fecha 21 de mayo

de 2001, por la que se resuelve el expediente

sancionador 172/00, instruido contra la empresa

expedientada, cuya parte dispositiva dice lo siguiente:

Visto el expediente y la propuesta anterior, este

Instituto ha resuelto imponer a la empresa titular

del Cinematógrafo Antilla Multicines, de La

Antilla-Lepe (Huelva), la sanción de multa de ciento

cincuenta euros (150 euros), equivalente a

veinticinco mil (25.000) pesetas.

Lo que se notifica en cumplimiento, y a los efectos

previstos en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y

Procedimiento Administrativo Común, significando que

el texto íntegro de la citada Resolución se encuentra

archivado en la Secretaría General de este

organismo, plaza del Rey, número 1, en Madrid. Esta

Resolución es definitiva en la vía administrativa,

de acuerdo con lo establecido en la disposición

adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de

abril, de Organización y Funcionamiento de la

Administración General del Estado (LOFAGE), y

contra la misma cabe interponer recurso

contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de

lo Contencioso-Administrativo, conforme a lo

establecido en el artículo 9.c), de la Ley 29/1998, de

13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, a

contar desde el día siguiente a la fecha de la

notificación de la presente Resolución, de acuerdo con

lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley

29/1998.

Madrid, 25 de junio de 2001.-La Secretaria

general, Milagros Mendoza Andrade.-36.196.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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