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En relación con el fondo de inversión CAM
Emergente, FIM, se comunica que se ha obtenido
autorización de la Dirección General del Tesoro
y Política Financiera para la modificación del
Reglamento de Gestión del fondo. Las modificaciones
son, por un lado el cambio a régimen de Fondo
de Inversión Mobiliaria de Fondos y, como
consecuencia de ello, el cambio de denominación a
CAM Emergente, FIMF, y por otro, la posibilidad
de operar con instrumentos financieros derivados
no contratados en mercados organizados.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo
35.2 del Real Decreto 1393/1990, estas
modificaciones confieren a los partícipes un derecho de
separación, quienes podrán optar, en el plazo de un
mes desde la fecha de remisión de las
comunicaciones o desde la fecha de publicación en el "Boletín
Oficial del Estado" del presente anuncio, si ésta
fuera posterior por el reembolso de sus
participaciones sin deducción de comisión ni gasto alguno,
por el valor liquidativo que corresponda a la fecha
de inscripción de la actualización del folleto
informativo del fondo en los Registro de la CNMV.
Alicante, 2 de julio de 2001.-El Director general,
Francisco Gosálbez Martínez.-37.299.
Agence d'État Bulletin Officiel de l'État
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