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Documento BOE-B-2001-16105

Resolución del Tribunal Económico Administrativo Central sobre el expediente RG 2621/97.

Publicado en:
«BOE» núm. 16, de 18 de enero de 2001, páginas 729 a 729 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-B-2001-16105

TEXTO

Notificación a don Magín Clario Salillas y doña

Asunción Orench Clos, de fallo dictado por el

Tribunal Económico-Administrativo Central, en el

expediente RG 2621/97, por aplicación de lo

dispuesto en el artículo 86 del Reglamento de

Procedimiento en las Reclamaciones

Económico-Administrativas. Al no haberse podido practicar en

el domicilio que consta en las actuaciones, por el

presente se notifica a don Magín Clario Salillas y

doña Asunción Orench Clos que por el Tribunal

Económico-Administrativo Central, y en el

expediente RG 2621/1997, seguido a su instancia por

renta de las personas físicas, se ha dictado resolución

en sesión del día 17 de noviembre de 2000, cuya

parte dispositiva dice lo siguiente:

"El Tribunal Económico-Administrativo Central,

en Sala, en el recurso de alzada interpuesto por

don Magín Clario Salillas y doña Asunción Orench

Clos, y en su nombre y representación doña Elisabet

Pruja Agustí, contra Resolución del Tribunal

Económico-Administrativo Regional de Cataluña de

fecha 5 de febrero de 1997, recaída en reclamación

número 17/992/95, por el concepto Impuesto sobre

la Renta de las Personas Físicas, ejercicios 1988

a 1992, acuerda: Desestimar el recurso confirmando

la resolución recurrida."

Conforme establece el artículo 20 del Reglamento

General de Recaudación, en su redacción dada por

Real Decreto 448/1995, de 24 de marzo ("Boletín

Oficial del Estado" del 28), el ingreso de la deuda

tributaria que se hallaba suspendida, resultante de

la liquidación a que se refiere este fallo, deberá

realizarse con los siguientes plazos:

A) Si la presente resolución se le notifica entre

los días 1 y 15 del mes, desde la fecha de su

notificación hasta el día 5 del mes siguiente o el

inmediato hábil posterior.

B) Si la presente resolución se le notifica entre

los días 16 y último del mes, desde la fecha de

su notificación hasta el día 20 del mes siguiente

o el inmediato hábil posterior.

Lo que notifico reglamentariamente a Vd.

advirtiéndole que contra esta resolución definitiva en vía

económico-administrativa puede interponer recurso

contencioso-administrativo ante la Sala de lo

Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional,

en el plazo de dos meses a contar del día siguiente

a la fecha de esta notificación.

Madrid, 21 de diciembre de 2000.-María de Rus

Ramos Puig.-&1.405.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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