Al no haberse podido practicar la notificación
personal a don Carlos Vera Hernández, con número
de identificación fiscal 43.818.601J; don Salvador
Gómez Cubells, con número de identificación fiscal
52.702.790S; don José Bosca Montaner, con
número de identificación fiscal 20.020.090Q; don Jaime
Pérez Gutiérrez, con número de identificación fiscal
44.036.463L; don Miguel Ángel Pérez Gomariz, con
número de identificación fiscal 52.819.922P; don
José Antonio Pardo García, con número de
identificación fiscal 74.671.616T, y doña Lourdes
Escriba Cholbi, con número de identificación fiscal
53.210.760F, conforme dispone el artículo 59 de
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, en su redacción
dada por la Ley 4/1999, a efectos de notificación
al interesado, y en aplicación de lo dispuesto en
el mismo artículo y en el segundo párrafo del artículo
60.2 de la Ley 30/1992, debe publicarse como
encabezamiento y parte dispositiva de las resoluciones
el siguiente extracto: "El Director general de
Formación Profesional y Promoción Educativa ha
resuelto la desestimación del recurso de reposición
interpuesto por don Carlos Vera Hernández, con
número de identificación fiscal 43.818.601J; don
Salvador Gómez Cubells, con número de
identificación fiscal 52.702.790S; don José Bosca
Montaner, con número de identificación fiscal
20.020.090Q; don Jaime Pérez Gutiérrez, con
número de identificación fiscal 44.036.463L; don
Miguel Ángel Pérez Gomariz, con número de
identificación fiscal 52.819.922P; don José Antonio
Pardo García, con número de identificación fiscal
74.671.616T, y doña Lourdes Escriba Cholbi, con
número de identificación fiscal 53.210.760F.
Los expedientes se encuentran a disposición de
los interesados en la Subdirección General de Becas
y Promoción Educativa (Servicio de Reclamaciones,
Verificación y Control, teléfono 91 408 20 00, calle
Torrelaguna, 58, 28027 Madrid).
Esta resolución es definitiva en la vía
administrativa y contra la misma cabe interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional,
conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y el
artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio,
del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley
Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de
dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha
de su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en
el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Madrid, 22 de junio de 2001.-El Director general
de Cooperación Territorial y Alta Inspección, Juan
Ángel España Talón.-36.473.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid