Contido non dispoñible en galego
Por el Decreto del Gobierno de Canarias
197/2000 ("Boletín Oficial de Canarias" número
149, de 13 de noviembre), se han otorgado los
beneficios de expropiación forzosa y urgente ocupación
de bienes y derechos al objeto de imponer la
servidumbre de paso para construir la línea aérea y
subterránea en doble circuito a 20 kilovatios entre
subestación polígono de Granadilla y línea
Granadilla-Arico (Circuito-Mar), términos municipales de
Granadilla y Arico (Tenerife).
Órgano expropiatorio: Comunidad Autónoma de
Canarias, Consejería de Presidencia e Innovación
Tecnológica.
Beneficiario de la expropiación: Ente mercantil
"Unión Eléctrica de Canarias, Sociedad Anónima"
(UNELCO).
Entes expropiados: El propietario que figura en
la relación de afectados, al final de edicto adjunto.
Referencia del expediente: SE-97/22.
En consecuencia, cumplimentando lo ordenado
en el artículo 52 de la vigente Ley de Expropiación
Forzosa, de 16 de diciembre de 1954 (y
concordantes del Reglamento de 26 de abril de 1957)
en relación con el artículo 31, número 6, del Decreto
2619/1966, de 20 de octubre, por el que se aprueba
el Reglamento de la Ley de 18 de marzo de 1966,
sobre Expropiación forzosa y sanciones en materia
de instalaciones eléctrica, se le cita para el
levantamiento de actas previas a la ocupación,
comenzando a las diez de la mañana, el día y lugar que
a continuación se indica:
Excelentísimo Ayuntamiento, Granadilla, el 23 de
julio de 2001.
El presente edicto, además de notificarse a los
interesados y exponerse en el tablón de anuncios
del citado Ayuntamiento, se publicará en el "Boletín
Oficial del Estado", "Boletín Oficial de Canarias",
en el "Boletín Oficial" de la provincia y en el diario
"El Día" de esta capital.
Afectado: Heredero de don Juan González
Casañas, don Antonio V. Morales González.
Afección: 100 metros de vuelo/ancho de 5,0
metros.
Destino: Rústico.
Parcela catastral: 464. Término municipal de
Granadilla.
Santa Cruz de Tenerife, 20 de junio de 2001.-El
Director general de Industria y Energía, Wenceslao
Berriel Martínez.-38.187.
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