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La Dirección General de Carreteras e
Infraestructuras de la Consejería de Fomento de la Junta
de Castilla y León aprobó el proyecto arriba
reseñado, aprobación que lleva implícita la declaración
de utilidad pública y la necesidad de ocupación.
Con fecha 2 de agosto de 2000, la citada Dirección
General ordenó a este Servicio Territorial la
iniciación del expediente de expropiación forzosa de
los bienes y derechos afectados por las obras
comprendidas en el mencionado proyecto, siéndole de
aplicación el artículo 11.1 de la Ley de Carreteras
de la Comunidad de Castilla y León, 2/1990, de
16 de marzo ("Boletín Oficial de Castilla y León"
de 4 de abril), que supone la declaración de urgencia
a los fines de expropiación.
En consecuencia, este Servicio Territorial, en uso
de las facultades que le confiere el artículo 98 de
la vigente Ley de Expropiación Forzosa de 16 de
diciembre de 1954, y en cumplimiento de lo
dispuesto en el artículo 52 de la misma y concordantes
de su Reglamento, ha resuelto convocar a los
titulares de los bienes y derechos afectados por el
mencionado proyecto, de acuerdo con los edictos
publicados en el "Boletín Oficial del Estado", "Boletín
Oficial de la Provincia de León", "Diario de León",
"La Crónica-El Mundo de León" y edictos con
relación de propietarios publicados en el "Boletín Oficial
de Castilla y León" y expuestos en los tablones
de anuncios del Ayuntamiento de Villagatón, donde
radican los bienes y derechos afectados, y en el
Servicio Territorial de Fomento, sito en la avenida
de los Peregrinos, sin número, 24071 León; a efectos
de iniciar los trámites correspondientes al
levantamiento de las actas previas a la ocupación en
los lugares, fechas y horas que a continuación se
indican:
Término municipal: Villagatón.
Lugar: Ayuntamiento de Villagatón.
Fecha: 26 de julio de 2001.
Hora: De diez treinta a once treinta, las fincas
números 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9; de once treinta
a doce treinta, las fincas 10, 11, 12, 13, 14, 15,
16 y 17.
A dichos actos, serán notificados individualmente
por correo certificado y con acuse de recibo los
interesados, y al que deberán asistir el Representante
y el Perito de la Administración, así como el Alcalde
o Concejal en quien delegue; deberán comparecer
los interesados afectados personalmente o bien
representados por persona debidamente autorizada,
acompañados de los arrendatarios si los hubiere;
aportando los documentos acreditativos de su
titularidad y el último recibo del Impuesto sobre Bienes
Inmuebles que corresponda al bien afectado,
pudiendo hacerse acompañar, si así lo desean, de un
Notario y Peritos, con gastos a su costa; todo ello sin
perjuicio de trasladarse al lugar de las fincas.
La presente convocatoria se realiza igualmente
a los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Regímen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo
56.2 del Reglamento de Expropiación Forzosa, los
interesados, así como las personas que siendo
titulares de algún derecho o interés económico sobre
los bienes afectados se hayan podido omitir en la
relación de los edictos expuestos en el tablón de
anuncios del Ayuntamiento señalado y en el Servicio
Territorial de Fomento, en León, podrán formular
por escrito a este Servicio, y hasta el levantamiento
de actas previas a la ocupación, las alegaciones que
estimen oportunas, a los efectos de subsanar posibles
errores que se hubieran podido cometer al relacionar
los bienes y derechos afectados por las
expropiaciones.
León, 20 de junio de 2001.-La Jefe del Servicio
Territorial, Ana Isabel Suárez Fidalgo.-&36.559.
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