Notificación a la empresa de don Luis Carlos
Millán López, titular del Cinematógrafo "Atlántico",
de Mazagón (Huelva), de la resolución de 16 de
mayo de 2001, recaída en el expediente sancionador
número 171/2000, por infracción de la normativa
que regula la actividad de exhibición
cinematográfica.
Habiéndose intentado, sin efecto, la notificación
ordinaria a la empresa se le comunica que por el
ilustrísimo señor Director general de este Instituto
se ha dictado resolución de fecha 16 de mayo
de 2001, por la que se resuelve el expediente
sancionador 171/2000 instruido contra la empresa
expedientada, cuya parte dispositiva dice lo
siguiente:
Visto el expediente y la propuesta anterior, este
Instituto ha resuelto imponer a la empresa titular
del Cinematógrafo "Atlántico", de Mazagón
(Huelva), la sanción de multa de mil doscientos dos (1.202
euros), equivalente a doscientas mil (200.000)
pesetas.
Lo que se notifica en cumplimiento, y a los efectos
previstos en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y
Procedimiento Administrativo Común, significando que
el texto íntegro de la citada resolución se encuentra
archivado en la Secretaría General de este
organismo, plaza del Rey, número 1, en Madrid. Esta
resolución es definitiva en la vía administrativa, de
acuerdo con lo establecido en la disposición
adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de
abril, de Organización y Funcionamiento de la
Administración General del Estado (LOFAGE), y
contra la misma cabe interponer recurso
contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de
lo Contencioso-Administrativo, conforme a lo
establecido en el artículo 9.c) de la Ley 29/1998, de
13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, a
contar desde el día siguiente a la fecha de la
notificación de la presente resolución, de acuerdo con
lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada
Ley 29/1998.
Madrid, 27 de junio de 2001.-La Secretaria
general, Milagros Mendoza Andrade.-36.930.
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