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Con fecha 18 de abril de 2001, el excelentísimo
señor Secretario de Estado de Infraestructuras, por
delegación del excelentísimo señor Ministro
(Resolución de delegación de atribuciones 30 de mayo
de 1996), he resuelto lo siguiente:
Primero.-Hacer constar que el expediente
reseñado cumple con lo preceptuado en los
artículos 32, 33, 34 y 35 del vigente Reglamento de
Carreteras (1812/1994, de 2 de septiembre), y con el
Real Decreto-ley 1302/1986, de 28 de junio,
modificado por el Real Decreto-ley 9/2000, de 6 de
octubre, de Evaluación de Impacto Ambiental, y su
Reglamento de ejecución aprobado por el Real
Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre.
Segundo.-Aprobar el expediente de información
pública y definitivamente el estudio informativo
eligiendo como solución la denominada alternativa 2-3
que consiste:
En la calzada sentido sur (Madrid-Cádiz)
aprovecha alguna de las calzadas existentes en 14,608
kilómetros y se realizan unas aplicaciones y cambios
de calzada en 2,015 kilómetros.
En la calzada sentido norte (Cádiz-Madrid) se
trata de una nueva calzada de 8,259 kilómetros a
los que se añaden 0,527 kilómetros de duplicaciones
y cambios de calzada.
El total de la obra nueva tiene un presupuesto
de ejecución de contrata de 13.021.500.000 de
pesetas-99 más un presupuesto de expropiaciones de
49.600.000 de pesetas-99. Presenta tres enlaces
denominados Venta de Cárdenas, Aldeaquemada
y Santa Elena.
Comprende 5 túneles, con una longitud total de
4.445 metros, siendo el mayor de ellos de 2.580
metros, y siete viaductos con una longitud total de
1.810 metros, siendo el mayor de ellos de 520
metros.
El presupuesto indicado se estima que será
necesario incrementarlo para el cumplimiento de la DIA
en los 500.000.000 de pesetas-01.
Tercero.-En los proyectos de construcción que
desarrollarán la alternativas seleccionadas se tendrán
en cuenta las prescripciones siguientes:
3.1 Se observarán las recomendaciones y
medidas correctoras contenidas en el estudio de impacto
ambiental y se cumplirán las condiciones de la
declaración de impacto ambiental del estudio emitidas
por la Dirección General de Calidad y Evaluación
Ambiental del Ministerio de Medio Ambiente.
3.2 Se observarán las condiciones requeridas
por la Comisaría de Aguas de la Confederación
Hidrográfica del Guadalquivir, por la Consejería de
Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de
Castilla-La Mancha y por la Subdirección General
de Planes y Proyectos de Infraestructuras
Ferroviarias.
Cuarto.-De acuerdo con los artículos 46 y 60
del Reglamento General de Carreteras (Real
Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre), en los que se
establece la posibilidad de inclusión de las áreas
de servicio de este tipo de estudios y la necesidad
de información pública de las mismas, se selecciona
un área de servicio, en el término municipal de
Santa Elena, que es la denominada "Puerta de
Andalucía" y que aprovecha el enlace de Santa Elena.
Lo que se comunica para su conocimiento, junto
con la fotocopia de la Resolución de 1 de marzo
de 2001, de la Dirección General de Medio
Ambiente, sobre declaración de impacto ambiental, que
igualmente se acompaña, haciéndose constar que,
según el artículo 109.c) de la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, esta Resolución
pone fin a la vía administrativa.
Granada, 22 de mayo de 2001.-El Jefe de la
Demarcación, Domingo Quesada Martos.-37.673.
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