Ante la finalización el próximo 20 de julio del
período de garantía del fondo SBD Eurotop 2
Garantía, FIM, y atendiendo a lo dispuesto en el
artículo 35.2 del Reglamento I.I.C., se procede a
comunicar que éste mantendrá su carácter de fondo
garantizado. La nueva garantía de rentabilidad
responderá a las condiciones de mercado existentes
en el momento de formalizarla. En esta nueva etapa,
la participación se garantizará sobre la
revalorización media del índice bursátil Dow Jones
STOXX50SM, a un plazo de aproximadamente tres
años.
Asimismo, para presentar de ahora en adelante
la nueva vocación inversora y la renovación de la
garantía de rentabilidad, el nombre del fondo pasará
a ser SBD Internacional 7 Garantía, FIM.
Aquellos partícipes del fondo que lo deseen
pueden ejercitar mediante manifestación expresa el
derecho de separación que les asiste, durante el plazo
de treinta días a contar desde la fecha de publicación
en el "Boletín Oficial del Estado", o de la fecha
de remisión de las comunicaciones, si ésta fuera
posterior, sin deducción de comisión o descuento
de reembolso, y en las especiales condiciones que
establece el artículo 35.2 del R.I.I.C., pero sin evitar
por ello el efecto fiscal que resulte en cada caso.
Hasta el 20 de julio de 2001 los reembolsos se
mantienen gravados por una comisión de reembolso
del 5 por 100 sobre el valor de las participaciones.
A los reembolsos efectuados entre el 21 de julio
y el 14 de septiembre próximo no se les aplicará
ninguna comisión de reembolso. A partir del 15
de septiembre de 2001, o de la fecha de inscripción
en la CNMV del folleto actualizado si ésta fuere
posterior, se restablecerá una comisión de reembolso
del 5 por 100.
Sabadell, 12 de julio de 2001.-El Director de
"Bansabadell Inversión, Sociedad Anónima",
S.G.I.I.C., Santiago Alonso Morlans.-39.370.
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