En el expediente tramitado en el Tribunal de
Defensa de la Competencia con el número 470/99
(1.643/97, del Servicio de Defensa de la
Competencia), iniciado contra "Cooperativa Farmacéutica
Asturiana S. Coop." (COFAS), por prácticas
contrarias a la Ley de Defensa de la Competencia,
se ha dictado resolución con fecha 1 de septiembre
de 2000, cuya parte dispositiva dice:
"1. Declarar que en el presente expediente se
ha acreditado la existencia de una conducta
restrictiva de la competencia, prohibida por el
artículo 6 de la Ley 16/1989, de Defensa de la
Competencia, consistente en la implantación, desde una
posición de dominio, de un "Sistema de Descuentos
por Fidelidad" que favorece el cierre del mercado
a los competidores.
Es responsable de dicha práctica restrictiva de
la competencia, en concepto de autora,
"Cooperativa Farmacéutica Asturiana S. Coop.".
2. Intimar a la citada Cooperativa al cese de
la mencionada práctica y a que se abstenga de
realizarla en el futuro.
3. Imponer a "Cooperativa Farmacéutica
Asturiana S. Coop." una multa de quince millones de
pesetas.
4. Ordenar la publicación, en el plazo de dos
meses, de la parte dispositiva de la presente
Resolución en el "Boletín Oficial del Estado" y en las
páginas de información económica de dos de los
diarios de información general de mayor circulación
del Principado de Asturias, a costa de la Cooperativa
sancionada, dicha publicación. En caso de
incumplimiento, se le impondrá una multa coercitiva de
50.000 pesetas por cada día de retraso en la
publicación.
5. Ordenar a "Cooperativa Farmacéutica
Asturiana S. Coop." que en el plazo de dos meses, a
contar desde la notificación de la presente
Resolución, de traslado de la misma a todos sus socios.
En caso de incumplimiento, se le impondrá una
multa coercitiva de 50.000 pesetas por cada día
de retraso en el envío.
6. El cumplimiento de lo acordado en esta
Resolución se justificará ante el Servicio de Defensa
de la Competencia."
Pruvia-Llanera (Asturias), 27 de junio de
2001.-El Director Gerente, Gustavo Álvarez
García.-38.629.
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